Este martes se publicó en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se reforman el párrafo décimo del artículo 25 y la fracción XXIX-Y del artículo 73 de la Carta Magna, en materia de simplificación administrativa y digitalización.
El mes pasado por mayoría calificada, la Cámara de Diputados aprobó en lo general y en lo particular el dictamen a la minuta que reforma artículos, de la Constitución Política, en materia de simplificación administrativa y digitalización.
El dictamen menciona que, a fin de contribuir al desarrollo y bienestar de todas las personas, grupos, comunidades y sectores sociales y económicos, las autoridades de todos los órdenes de gobierno deberán implementar políticas públicas de simplificación administrativa y digitalización de trámites y servicios.

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Reforma faculta al Congreso para regular simplificación digital
Adicionalmente desarrollarán buenas prácticas regulatorias, desarrollo y fortalecimiento de capacidades tecnológicas públicas y los demás objetivos que señale la ley nacional en la materia.
Además, la reforma faculta al Congreso de la Unión para expedir la ley nacional que establezca los principios y obligaciones a los que deberán sujetarse los órdenes de gobierno en materia de simplificación administrativa y digitalización de trámites y servicios, buenas prácticas regulatorias, desarrollo y fortalecimiento de capacidades tecnológicas públicas.
El documento, producto de una iniciativa presentada por la presidenta de la República, contribuirá a mejorar la relación entre instituciones públicas y la ciudadanía, reducir la duplicidad de funciones, evitar actos de corrupción, así como dar transparencia y accesibilidad para todas las personas.
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