GPS, velocímetro, vigilancia, capacitación...

Endurecen reglas para el transporte de gas LP

El Gobierno presenta dos normas que serán obligatorias para el transporte de este combustible; medidas buscan prevenir un accidente igual al de La Concordia, dice la Presidenta

La Presidenta Claudia Sheinbaum, ayer, en conferencia de prensa.
La Presidenta Claudia Sheinbaum, ayer, en conferencia de prensa. Foto: Especial

A tres semanas de la explosión de gas LP tras la volcadura de una pipa en Iztapalapa, el Gobierno federal presentó dos nuevas normas que se publicarán hoy y que serán obligatorias para todas las unidades de transporte y distribución de este combustible, con las que se fija el monitoreo vía GPS de las unidades, así como mecanismos para regular la velocidad de conducción, las inspecciones forzosas a las unidades y la capacitación obligatoria de quienes funjan como operadores.

Se trata de dos normas emergentes: NOM-EM-006-ASEA-2025 para el transporte y la NOM-EM-007-ASEA-2025 para distribución. Durante su conferencia de prensa, la Presidenta Claudia Sheinbaum Pardo subrayó que el objetivo es que no se repita una tragedia como la que ocurrió en el puente de La Concordia, al oriente de la capital, que dejó 31 personas sin vida.

  • El Dato: Se estableció que cada vehículo con permiso de transporte contará con código QR que debe colocarse de forma visible en las pipas, para su fácil revisión por agentes de tránsito.

“Tienen que ver con la seguridad, no seguridad pública, sino la seguridad industrial, que no haya accidentes o evitar al máximo los accidentes relacionados con pipas que transportan gas LP. Y es producto, evidentemente, de este terrible accidente que ocurrió en el puente de La Concordia y que, al revisar cómo estaban las normas de seguridad de este tipo de transporte, las Secretarías de Energía y de Comunicaciones y Transportes se dieron cuenta de que requerían mucho más vigilancia, inspección y control de estas pipas”, declaró.

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La titular de la Secretaría de Energía (Sener), Luz Elena González, comentó que las normas enviadas al Diario Oficial de la Federación (DOF) tienen como fin fortalecer la regulación del transporte y la distribución del gas LP y que derivaron de un trabajo conjunto entre la dependencia a su cargo, la Comisión Nacional de Energía, la Agencia de Seguridad de Energía, Ambiente y la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT), así como un diálogo con el sector.

Subrayó que con esto se fortalecerá el cumplimiento de los programas de mantenimiento de transporte, de manera que sea obligatorio. Para incrementar la seguridad, las normas exigirán la acreditación de pruebas de seguridad. “Aunque actualmente se realizan pruebas de fugas y otros rubros, no hay medidas que obliguen a verificar los mecanismos de presión hidrostática, que es la que permite ver que los contenedores sean seguros”, dijo.

Sobre la capacitación de los operadores de transporte, será forzosamente técnica y práctica, de la cual deberán contar con acreditación.

Tras señalar carencia de aditamentos sobre la regulación de velocidad y otros patrones de conducción, ahora las unidades deberán contar con GPS y los conocidos “gobernadores de velocidad”.

Precisó que la norma emergente NOM-EM-006-ASEA-2025 para el transporte de gas LP tendrá un plazo de cuatro meses para su cumplimiento, mientras que en el caso de la NOM-EM-007-ASEA-2025, referente a la distribución, se tendrán cuatro meses para su implementación en las unidades con capacidad mayor a cinco mil litros y antigüedad mayor a 10 años. En tanto que el resto tendrá los siguientes seis meses para demostrar su cumplimiento.

Adicionalmente a la publicación de las normas, se implementará un programa de inspecciones conjuntas, cuya información se concentrará en una cédula única de información.

“Con la emisión de estas dos normas se transita hacia un esquema regulatorio en el que las cuatro instituciones reconocemos que, tanto la velocidad como las condiciones de manejo y el estado de funcionamiento de las unidades del transporte y distribución de gas licuado de petróleo, no sólo son materia de tránsito, sino que también esencialmente son materia de seguridad industrial y operativa”, dijo.

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FGR

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