Pasa al Pleno

Diputados aprueban en comisiones reforma a la Ley de Amparo

Aprueban en comisiones de la Cámara de Diputados reforma a la Ley de Amparo; pasa al Pleno para su discusión este martes

Sesión extraordinaria de la comisiones unidas de Justicia y Hacienda y Crédito Público.
Sesión extraordinaria de la comisiones unidas de Justicia y Hacienda y Crédito Público. Foto: Cámara de Diputados

Las comisiones unidas de Justicia y de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados aprobaron este lunes, con 68 votos a favor, 11 en contra y una abstención, la reforma a la Ley de Amparo, con lo que será debatida este martes en el Pleno.

Más temprano, las comisiones concluyeron las audiencias públicas para el análisis de la enmienda, que algunos consideraron uno de los mayores retrocesos que ha sufrido el recurso.

El presidente de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, el diputado Carol Antonio Altamirano, de Morena, agradeció a las personas que participaron durante los tres días de audiencias públicas para analizar una minuta con temas de gran relevancia.

Informó que se escucharon a más de 30 ponentes, quienes presentaron propuestas y aportaciones valiosas que ahora corresponderá evaluar a las y los legisladores para definir su posición.

Desde el PAN, la diputada Margarita Zavala Gómez del Campo hizo un llamado a analizar con profundidad la iniciativa de reforma a la Ley de Amparo, evitando su aprobación apresurada.

Expresó su preocupación por temas como la figura de la recusación, la posibilidad de que limitar la suspensión del acto reclamado implique una negación del acceso a la justicia, así como los impactos de la prisión preventiva oficiosa y justificada, y sus efectos económicos.

El abogado y académico Roberto Gil Zuarth advirtió que la reforma a la Ley de Amparo “representa uno de los mayores retrocesos que ha sufrido este juicio constitucional”. Señaló que, sin una suspensión eficaz, el amparo pierde efectividad. En su opinión, la reforma debilita al gobernado frente al gobernante, amplía de forma desproporcionada los criterios de actuación judicial y pone en riesgo la finalidad del juicio: garantizar la reparación efectiva del derecho vulnerado.

Agregó que, de aprobarse en sus términos, será difícil que prosperen juicios de amparo contra omisiones legislativas. La restricción de la suspensión, en lugar de garantizar el acceso a la justicia mediante medidas cautelares, vaciaría de contenido al juicio de amparo. A su juicio, la reforma introduce un sistema que refleja desconfianza hacia el juez, al imponerle estándares rígidos para conceder la suspensión provisional. Alertó sobre la regresividad de la propuesta, especialmente en lo relativo a la retroactividad.

Por su parte, Luisa Conesa Labastida, especialista en litigio constitucional y administrativo, explicó que si una persona solicita una suspensión con efectos constitutivos —es decir, que le otorgue un derecho del que no disponía al inicio del juicio—, la jurisprudencia actual establece con claridad que dicha suspensión debe negarse. Subrayó que tanto la Ley de Amparo como la jurisprudencia han sido firmes al respecto.

Finalmente, José Ángel Santiago Ábrego, presidente de la Asociación de Abogados de Empresa, Colegios de Abogados, advirtió que, de aprobarse la minuta en sus términos, se introduciría el concepto de “interés público” como sinónimo de “interés de la administración”. Esto, señaló, inclinaría la balanza a favor de una de las partes, en contravención del principio de imparcialidad judicial, y generaría obligaciones legislativas contrarias a dicho principio en el diseño normativo.

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cehr

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