Para frenar la plaga

Decretan medidas sanitarias contra el gusano barrenador

El mandato indica que cualquier animal que no sea capaz de mantenerse en pie, que se encuentre enfermo, fatigado, tenga heridas o gusaneras, no deberá ser movilizado bajo ninguna circunstancia.

Ganaderos de Cintalapa, Chiapas, aplican medidas sanitarias al ganado infectado.
Ganaderos de Cintalapa, Chiapas, aplican medidas sanitarias al ganado infectado. Foto: Cuartoscuro

A más de un año de que la plaga de gusano barrenador de ganado (GBG) llegara al país y provocara un bloqueo a las exportaciones de ganado mexicano hacia Estados Unidos (EU) que sigue sin levantarse, el Gobierno federal emitió un decreto para fortalecer las medidas que frenen la propagación de la plaga.

Este martes, la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (Sader) publicó la enmienda en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el acuerdo que implica la colaboración de todos los sectores relacionados con la producción pecuaria y de la población en general.

  • El Tip: Medicamentos para el tratamiento de GBG han duplicado su precio, por lo que las curaciones son limitadas y sin apoyo técnico, lo que agrava la propagación del parásito.

El mandato indica que cualquier animal que no sea capaz de mantenerse en pie, que se encuentre enfermo, fatigado, tenga heridas o gusaneras, no deberá ser movilizado bajo ninguna circunstancia.

Instruyó que los animales sean tratados con antiparasitarios durante un periodo de tres a cinco días antes de que se solicite el certificado zoosanitario de movilización para el traslado de animales.

Se fijó que los animales con heridas deben ser tratados con el apoyo de insecticidas de acción larvicida y cicatrizante.

Las y los movilizadores de ganado bovino, bufalino, bisontes, ovino, caprino, porcino y aves deberán cumplir con lo establecido en las disposiciones legales.

  • 1 año ha estado cerrada la frontera de EU ante la plaga GBG

El instrumento es de observancia obligatoria para las secretarías de Desarrollo Agropecuario de los estados, propietarios, responsables o poseedores de animales susceptibles a la plaga; médicos veterinarios oficiales y de libre ejercicio, importadores de ganado, organismos de certificación, laboratorios de pruebas, organismos auxiliares de sanidad animal, personas que ingresan y transitan en el país en compañía de animales susceptibles, y vehículos contenedores de mercancías que provengan o que hayan transitado por países o regiones con brotes del GBG.

“Estos sujetos están obligados a notificar cualquier tipo de gusaneras al Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (Senasica), organismo clave en la estrategia de prevención, control y erradicación del GBG”, estableció.