Obra avanza pese a la medida cautelar

Tribunal ordenó suspensión de planta de Gas LP en Tuxpan; organizaciones aseguran que obras continúan

A más de un mes de que una sala especializada del Tribunal Federal de Justicia Administrativa ordenó la suspensión de las obras de una planta de almacenamiento de Gas LP en el puerto de Tuxpan, integrantes de la Asociación Pueblos y Comunidades de Tuxpan aseguran que los trabajos continúan en el sitio

Orden judicial.
Orden judicial. Foto: larazondemexico

A más de un mes de que una sala especializada del Tribunal Federal de Justicia Administrativa ordenó la suspensión de las obras de una planta de almacenamiento de Gas LP en el puerto de Tuxpan, integrantes de la Asociación Pueblos y Comunidades de Tuxpan aseguran que los trabajos continúan en el sitio.

La organización sostiene que la construcción avanza pese a la medida cautelar emitida por las autoridades jurisdiccionales y advierte posibles afectaciones a ecosistemas costeros, manglares y especies protegidas en una zona considerada de alto valor ambiental.

La construcción de una planta de almacenamiento de Gas LP en el puerto de Tuxpan continúa pese a la existencia de una medida cautelar que ordena la suspensión total de las obras, lo que ha derivado en acusaciones de desacato contra la Comisión Nacional de Energía (CNE) y la empresa responsable del proyecto, Gas de Calidad S.A. de C.V.

El pasado 6 de mayo, el magistrado Luis Alfredo Mora Villagómez ordenó la admisión de una medida cautelar promovida por la organización y requirió a las autoridades involucradas detener las actividades relacionadas con el proyecto mientras se resuelve el fondo del litigio.

“Se admite a trámite la medida cautelar solicitada; requiérase a la autoridad demandada para que en el término de setenta y dos horas siguientes a aquel en que surta efectos el presente proveído, rinda el informe”, señala la resolución.

Sin embargo, integrantes de la asociación aseguran que las obras continúan y han documentado mediante fotografías y videos el avance de la infraestructura, incluyendo la construcción de las estructuras que servirán para albergar grandes esferas de almacenamiento de Gas LP.

La disputa jurídica en torno al proyecto se remonta a 2025, cuando el Juzgado Octavo de Distrito concedió el amparo 408/2025 promovido por la Asociación Pueblos y Comunidades de Tuxpan, A.C., al considerar que existían elementos suficientes para proteger a las comunidades frente a posibles riesgos ambientales y afectaciones a sus derechos colectivos.

La suspensión judicial alcanzó los trabajos derivados de la licencia de uso de suelo número DGDUOT/1586/2024, expedida por la Secretaría de Desarrollo Social del Gobierno de Veracruz.

Posteriormente, Gas de Calidad S.A. de C.V. promovió el recurso de queja 447/2025 ante el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Séptimo Circuito. No obstante, la resolución también resultó desfavorable para la empresa.

Dentro de los argumentos analizados por las autoridades judiciales se encuentra que el proyecto fue autorizado en una zona clasificada por el Programa de Desarrollo Urbano de Tuxpan como área de “Reserva Turística, Aprovechamiento Ecoturístico y Reserva Ecológica Productiva”, categoría que limita el establecimiento de actividades industriales y proyectos considerados de riesgo.

Como parte de las acciones legales, la organización presentó un Diagnóstico Ambiental de la fauna observada en el polígono y área de influencia del proyecto denominado “Terminal Marítima de Almacenamiento de Gas LP en el municipio de Tuxpan, estado de Veracruz”.

De acuerdo con el estudio, el área se caracteriza por conservar condiciones ambientales favorables, con ecosistemas marinos relativamente intactos, baja presión humana y escasa contaminación.

Los especialistas identificaron playas limpias, cuerpos de agua con reducidos niveles de afectación y ecosistemas que mantienen buena parte de sus componentes naturales originales.

Asimismo, alertaron sobre posibles afectaciones a manglares y especies protegidas bajo la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010, derivadas de la construcción y operación de la terminal de almacenamiento.

El diagnóstico concluye que la zona presenta una baja generación de residuos y una limitada intervención humana, factores que han permitido la conservación de especies y hábitats costeros.

FGR


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