Busca quedarse con el nombre del pato

Empresario de sorteos, por apropiarse de marca del ave

La solicitud, tramitada en la Clase 35 del clasificador internacional de marcas, busca proteger el nombre para una amplia gama de servicios

Imagen registrada ayer ante el IMPI.
Imagen registrada ayer ante el IMPI. Foto: Especial

UN EJECUTIVO dedicado a la organización de sorteos y campañas promocionales busca quedarse con el nombre del pato Merlín. El pasado 17 de junio, David Sides Fuentes presentó ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) la solicitud de registro de marca número 3643308 para proteger el nombre “El Pato Merlín, el pato de la suerte”, pese a que el personaje ya era ampliamente conocido y asociado con su propietaria, Carla Gómez.

La solicitud, tramitada en la Clase 35 del clasificador internacional de marcas, busca proteger el nombre para una amplia gama de servicios: publicidad televisiva, radiofónica, exterior y en línea; producción de campañas publicitarias; gestión de redes sociales; estudios de mercado; organización de eventos comerciales; encuestas, y, de manera destacada, difusión publicitaria de campañas políticas y consultoría sobre posicionamiento político, entre decenas de actividades adicionales.

Sides Fuentes es propietario de Pegasica Marketing Group, S.A. de C.V., y de Comercializadora Pegasica, S.A. de C.V., empresas mexicanas con sede en Jalisco, especializadas en operación de juegos, sorteos promocionales y de asistencia social. Han organizado sorteos como El Panzón Millonario, Sorteo Primavera y Tu Súper Sorteo, junto con asociaciones civiles e instituciones de asistencia. Su labor en estos proyectos ha incluido la gestión de permisos ante la Dirección General de Juegos y Sorteos de la Secretaría de Gobernación, la logística operativa, la distribución de boletos y la entrega de premios.

Con asistencia del Gobierno federal, tras acudir a la conferencia mañanera, Gómez acudió al IMPI para iniciar su propio proceso de registro de la marca.

Haber presentado primero la solicitud no garantiza la obtención definitiva de los derechos. La Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial establece el principio de “primero en solicitar” para el registro, pero también que puede ser negado, cancelado o declarado nulo cuando se demuestre que fue obtenido de mala fe. Si Gómez acredita que el nombre El Pato Merlín ya era utilizado y reconocido públicamente antes, podría impugnar el registro al argumentar uso previo y reputación preexistente, o señalar un intento de aprovecharse de la fama del animal.


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