Desatienden fallo de Corte

Se criminaliza aún el aborto, pese a ajustes en legislación

De enero a junio hubo 466 carpetas de investigación por interrupción voluntaria del embarazo; Código Penal Federal conserva artículos punitivos; piden homologar procedimientos

Se criminaliza aún el aborto, pese a ajustes en legislación
Se criminaliza aún el aborto, pese a ajustes en legislación Foto: Cuartoscuro

La despenalización del aborto avanza en México, pero la criminalización no ha desaparecido. Pese a las reformas en 24 entidades y al fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ­—que desde 2023 invalidó el sistema federal que clasificaba esta práctica como un delito—, la interrupción del embarazo todavía puede derivar en una investigación ministerial.

La contradicción se refleja en las cifras. Entre enero y junio de 2026, las fiscalías estatales sumaron 466 carpetas de investigación por aborto, mientras el Código Penal Federal aún conserva los artículos que la Corte ordenó derogar hace tres años.

A la brecha entre la ley y su aplicación se suma el acceso desigual a los servicios públicos de aborto seguro, cuya disponibilidad, cobertura y registro todavía varían entre entidades e instituciones de salud a lo largo del país.

  • El Dato: En casos de violación, la interrupción del embarazo es un derecho federal y legal en México, sin límite de semanas ni requisito de denuncia penal, y se hace en clínicas públicas.

El fallo de septiembre de 2023 estableció que castigar a mujeres y personas con capacidad de gestar que deciden interrumpir un embarazo, así como a quienes les asisten, vulnera derechos como la autonomía reproductiva, la salud, la igualdad y el libre desarrollo de la personalidad. La Primera Sala concedió entonces un amparo para que el Congreso de la Unión eliminara las normas correspondientes antes de concluir el periodo ordinario en que recibiera la notificación.

Sin embargo, la versión vigente del Código Penal Federal, cuya última reforma corresponde al 13 de marzo de 2026, todavía contiene los artículos 329 al 334. El 332 establece penas de seis meses a un año de prisión para quien voluntariamente procure su aborto o consienta que otra persona lo practique bajo circunstancias que incluyen que “no tenga mala fama”, haya ocultado el embarazo y éste sea producto de una “unión ilegítima”. Cuando no concurren esas condiciones, fija una sanción de uno a cinco años.

  • 8 estados mantienen vigente el aborto como delito

Mientras el marco federal mantiene esas disposiciones, 24 entidades habían despenalizado, hasta junio pasado, la interrupción voluntaria del embarazo, al menos durante un periodo determinado de la gestación.

La Ciudad de México inició ese proceso en 2007 y, durante 2025, se sumaron Chihuahua, Nayarit, Campeche, Yucatán, Tabasco y Tlaxcala.

La modificación de los códigos penales no ha eliminado, por sí misma, la apertura de investigaciones. Datos recopilados por el Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), con cifras del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), contabilizan 890 carpetas y averiguaciones previas por el delito de aborto en 2025. Entre enero y junio de este año sumaron otras 466.

En la Ciudad de México, donde el procedimiento se despenalizó hace 19 años, se registraron 111 expedientes en el primer semestre de 2026; es decir, dos de cada 10 carpetas se iniciaron en la capital del país. El Estado de México acumuló 117, mientras Nuevo León reportó 84 hasta junio.

ABORTO LEGAL
ABORTO LEGAL ı Foto: Especial

Por separado, el Censo Nacional de Impartición de Justicia Estatal 2025, del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), permite identificar delitos, personas procesadas, imputadas y sentenciadas durante 2024 por estos casos. Para ese año, los poderes judiciales estatales reportaron 39 delitos de aborto dentro de las causas penales ingresadas, frente a 44 en 2023 y 207 en 2022.

Además del frente penal, la cobertura pública de salud presenta otro componente del problema. La Secretaría de Salud publicó, en abril de este año, un Directorio Nacional de Servicios de Aborto Seguro que concentra unidades de los sistemas estatales, IMSS, IMSS-Bienestar, ISSSTE y Petróleos Mexicanos. La atención incluye aborto espontáneo e inducido, mediante medicamentos o aspiración manual endouterina, de acuerdo con el marco jurídico aplicable.

No obstante, el número de entidades con legislación que permite el procedimiento no permite establecer qué tan accesible resulta la atención médica para las pacientes.

GIRE destaca que la información disponible sobre los servicios de interrupción voluntaria del embarazo aún presenta diferencias importantes entre instituciones y estados, lo que dificulta comparar variables como edad, semanas de gestación, unidad médica, entidad de residencia o condición de seguridad social.

Esa falta de información convive con obstáculos que sí son visibles dentro de los espacios hospitalarios. En clínicas públicas de ginecología, especialmente en zonas de urgencias y frente a las pacientes, se colocan letreros que recuerdan al personal médico los procedimientos para declararse objetor de conciencia. La presencia de esos avisos introduce otra variable en el acceso y obliga a revisar cómo garantizan las instituciones que haya personal disponible para atender a quienes solicitan una interrupción del embarazo.

Para GIRE, “la objeción de conciencia no puede utilizarse para retrasar o impedir la prestación del servicio”. Las instituciones de salud deben contar en todo momento con personal suficiente, disponible y capacitado para garantizar la atención, mientras que únicamente quienes participan de manera directa en el procedimiento pueden declararse objetores.

Este criterio adquiere mayor peso frente a otra carencia detectada por la propia organización. Tras analizar cerca de 500 solicitudes de información dirigidas a instituciones estatales y federales de salud, GIRE concluyó que la forma en que las autoridades registran y transparentan los datos impide conocer con precisión hasta qué punto la objeción de conciencia representa una barrera para acceder al aborto.


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