Amparo a revisión

Andrés Caletri: Ministro de la Corte plantea dejar firme sentencia contra el secuestrador

A Andrés Caletri se le recuerda por cometer diversos secuestros, además de que “vendía” y “compraba” a sus víctimas a grupos criminales; fue conocido como "El Italiano"

Nicolás Andrés Caletri fue en su momento uno de los secuestradores mas buscados y peligrosos de México
Nicolás Andrés Caletri fue en su momento uno de los secuestradores mas buscados y peligrosos de MéxicoFoto: Archivo Cuartoscuro
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) afirmó que dejará sentencia firme, de 24 años cinco meses de prisión impuesta al secuestrador Andrés Caletri. 

Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, ministro, propondrá esta semana dejar firme la sentencia del también conocido como “El Italiano”.

Andrés Caletri es recordado por cometer diversos secuestros, además de que “vendía” y “compraba” a sus víctimas a grupos criminales. Incluso plagió al hijo y sobrino de los sanguinarios secuestradores Aureliano y Daniel Arizmendi López, "El Mochaorejas".

El delincuente está interno en el penal de máxima seguridad de "El Altiplano", en el Estado de México.

Será el 8 de febrero que se analizará el amparo directo en revisión que promovió el delincuente condenado por los delitos de evasión de presos, asociación delictuosa y robo calificado.

El 23 de septiembre de 1996, la Primera Sala Especializada en Ejecución de Sanciones Penales del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México (TSJCDMX), confirmó la condena dictada en primera instancia.

"El Italiano" promovió un juicio de amparo directo contra la sentencia anterior. Sin embargo, el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal rechazó concederle la protección de la justicia en 2022, motivo por el cual llevó el caso a la Corte.

El ministro Ortiz Mena señala en su proyecto que, para analizar un amparo directo en revisión, es necesario que en el fallo recurrido se haya realizado un pronunciamiento sobre la constitucionalidad de normas generales, o la interpretación directa de una norma constitucional o de los derechos humanos, entre otras.

“El Tribunal Colegiado no detectó vulneración a los derechos fundamentales del secuestrador, quien dijo fue torturado, “pues al declarar en vía preparatoria el quejoso no hizo manifestación alguna relacionada con la tortura y negó su participación en los hechos imputados.  Así, ante la falta de elementos para dar tratamiento diverso a la denuncia de tortura, el Tribunal Colegiado determinó que únicamente resultaba oportuno dar vista al ministerio público de la adscripción de la sala responsable y al Fiscal General de Justicia de la Ciudad de México, para que inicien una investigación del alegato de tortura en su vertiente de delito”, concluyó.

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Leo