Utilizó 185 mil 515 pesos

Informe por 100 días de tercer año de gobierno de AMLO sí fue propaganda, ratifica TEPJF

El TEPJF confirmó que el discurso del evento por los “Primeros 100 días del Tercer año de Gobierno” de AMLO sí constituyó propaganda gubernamental personalizada

AMLO en informe por los primeros 100 días del Tercer año de su Gobierno.
AMLO en informe por los primeros 100 días del Tercer año de su Gobierno.Foto: Cuartoscuro
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El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó que el discurso del evento por los “Primeros 100 días del Tercer año de Gobierno” del Presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) sí constituyó propaganda gubernamental personalizada en periodo prohibido.

Por unanimidad de votos, la Sala Superior ratificó la sentencia que dictó la Sala Regional Especializada, que determinó la falta registrada el pasado 30 de marzo, cuando ya se desarrollaban las campañas electorales en Campeche, Colima, Guerrero, Nuevo León, San Luis Potosí y Sonora.

Además, los magistrados electorales confirmaron la indebida utilización de recursos públicos por 185 mil 515 pesos.

Durante la sesión pública, la Sala Superior exhortó, además, al coordinador de Comunicación Social del Gobierno federal a que sea escrupuloso al participar en la transmisión de mensajes que pueden ser difundidos por los medios de comunicación, ya que corre el riesgo de incurrir en una infracción a la prohibición constitucional, por lo que, en el futuro, debe tomar las previsiones necesarias para que el mensaje para el cual convoque, dirija o transmita a los medios de comunicación no sea difundido en las demarcaciones con proceso electoral.

TEPJF rechaza impugnación sobre calumnia a Adrián de la Garza

Por otra parte, el TEPJF también confirmó la resolución de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del INE, que desechó la denuncia del PRD contra AMLO, a quien el partido acusó de cometer calumnia dirigida al entonces candidato de la coalición “Va fuerte” (PRI-PRD) a la gubernatura de Nuevo León, Adrián de la Garza.

Los magistrados electorales apuntaron que tratándose de denuncias relacionadas con calumnias, las únicas personas o sujetos que están legitimados para reclamar son los afectados, es decir, debió ser Adrián de la Garza y no el PRD el denunciante, ya que éste carece de legitimidad para hacerlo.

TEPJF revoca sentencia contra Samuel García

Además, la Sala Superior revocó la resolución de la Sala Regional Especializada, la cual había declarado la existencia de violencia política contra las mujeres por razón de género, en contra de Clara Luz Flores, entonces candidata a la gubernatura de Nuevo León de la coalición “Juntos Haremos Historia” y el uso indebido de la pauta derivado de la difusión de los promocionales “No soy como ellos” y “La vieja política NL” por parte Samuel García, entonces candidato a la gubernatura de Nuevo León y al partido Movimiento Ciudadano, a los cuales se les había impuesto una sanción económica de 44 mil 810 pesos y 89 mil 620 pesos, respectivamente.