Elecciones 2021

Tribunal Electoral acota las conferencias mañaneras de AMLO

El Presidente AMLO no podrá hablar de política ni promover logros de su gobierno en sus conferencias mañaneras, decidió el TEPJF por unanimidad de votos

Los magistrados consideraron que aunque se le pregunte al Presidente en la mañaneras, no debe rebasar los límites constitucionales.
Los magistrados consideraron que aunque se le pregunte al Presidente en la mañaneras, no debe rebasar los límites constitucionales.Foto: Cuartoscuro.
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EL TRIBUNAL Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió que durante el actual proceso electoral el Presidente Andrés Manuel López Obrador no podrá difundir logros de gobierno en sus conferencias mañaneras y sólo podrá hablar sobre acciones de salud, educación y protección civil.

La sentencia, a cargo de la ponencia del magistrado Felipe Fuentes Barrera, advierte que las conferencias matutinas del presidente Andrés Manuel López Obrador sí tienen elementos de propaganda gubernamental.

Por ello, señala que las mañaneras sólo podrá transmitir información institucional, no personalizada, y no deberá exaltar logros de gobierno y mucho menos influir en las preferencias electorales.

Cuando algún funcionario, algún concesionario, vulnera esta certeza jurídica que sostiene a la democracia (…), ya no se puede hablar de un verdadero régimen democrático

Felipe Alfredo Fuentes Barrera, Magistrado del TEPJF

“La información que se difunda deberá tener carácter institucional y tendrá que abstenerse de incluir frases, imágenes, voces o símbolos que pudieran ser constitutivos de propaganda política o electoral,

o bien elementos de propaganda personalizada de servidor público alguno”, señala la resolución.

Asimismo, detalla que incluso durante el periodo de preguntas y respuestas los funcionarios deberán “abstenerse de difundir logros de gobierno, obra pública, e, incluso, emitir información dirigida a incidir en las preferencias electorales de la ciudadanía, como la de valorar positivamente a algún gobierno”.

Las y los servidores públicos deben atender que sus mensajes tienen un impacto relevante en la ciudadanía, por lo que deben realizarse conforme a una neutralidad

Janine Otálora Malassis, Magistrada del TEPJF

La sentencia se da luego de que el 28 de diciembre de 2020 el PRD presentó una queja en contra del Presidente por dichos en una de sus conferencias matutinas.

Sin embargo, los magistrados ordenaron a la Sala Regional realizar un análisis sobre la queja interpuesta por el PRD y emitir una nueva resolución pues “faltó exhaustividad” porque no se pronunció sobre la propaganda gubernamental ilegal y tampoco explicó debidamente en que consistió las faltas a los lineamientos de imparcialidad a las que se refuere.

Los magistrados consideraron que tenía razón el PRD en su denuncia presentada contra el Presidente, en la cual puntualizó que “relacionó los programas sociales con las próximas elecciones”.