Contradice a López-Gatell: tienen sustento científico

Cofepris contradice a Salud: pruebas rápidas sí funcionan

Evidencia técnica-científica muestra sensibilidad, especificidad y exactitud a SARS-CoV-2, sostiene; respalda aval a 28

La Cofepris indicó que estableció un protocolo para la evaluación y autorización temporal de las pruebas serológicas
La Cofepris indicó que estableció un protocolo para la evaluación y autorización temporal de las pruebas serológicasFoto: Cuartoscuro
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La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) aseguró que las pruebas rápidas que han sido aprobadas hasta la fecha cuentan con la sensibilidad, especificidad y exactitud requeridas, pese a que la Secretaría de Salud no recomienda su uso.

Mediante un comunicado, el organismo indicó que estableció un protocolo en conjunto con el Instituto Nacional de Nutrición y Ciencias Médicas “Salvador Zubirán” para la evaluación y autorización temporal de las pruebas serológicas, con el que hasta el momento han aprobado 19.

“La Cofepris, en todo momento, respalda sus decisiones y acciones regulatorias con evidencia técnica-científica, en la cual se basa la autorización de las pruebas para detectar anticuerpos contra el virus SARS-CoV-2”, reiteró.

El pasado 27 de agosto, el subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud, Hugo López-Gatell reiteró nuevamente que la Secretaría de Salud no recomienda la aplicación de pruebas rápidas.

“Cofepris, que es un organismo público, un órgano desconcentrado de la Secretaría de Salud, autorizó la venta o distribución en México en sistemas privados de pruebas rápidas, porque tienen cierta capacidad limitada, muy limitada, para detectar anticuerpos contra el virus SARS-CoV-2, pero la capacidad es tan limitada y es tan desafortunada la consecuencia de una capacidad limitada de todas las pruebas rápidas que han sido autorizadas en el territorio que la Secretaría de Salud no recomienda el uso de pruebas rápidas”, señaló en conferencia de prensa.

El funcionario dijo que las pruebas no deben usarse como un “pasaporte inmunitario” para descartar si una persona ya tuvo la enfermedad. Y agregó que no hay una justificación científica para que se les pida a los trabajadores como una garantía de regreso seguro a su empleo.

Hasta el momento, el organismo ha aprobado 28 pruebas no diagnósticas para su distribución y comercialización en el país, mientras que se están evaluando otras, por lo que el listado se actualizará periódicamente.

Sin embargo, expuso que aquellas que no cuenten con este permiso pueden generar un resultado inexacto sobre la presencia de anticuerpos del virus.

Cabe recordar que las pruebas rápidas o serológicas sirven para detectar si una persona tiene anticuerpos denominados IgG e IgM para COVID-19. Dependiendo del resultado, se puede determinar si la persona generó anticuerpos a la enfermedad, o si la padeció en algún momento.

JVR