Considera que invade facultades de Cofece

Corte frena política eléctrica... Cofece alerta que reforma “es más potente”

Decreto de Sener viola la libre competencia, señalan ministros; ilegal, priorizar seguridad sobre eficiencia, resuelven; presidenta del órgano regulador ve poco margen de maniobra ante nueva iniciativa; Segob defiende rectoría

La decisión de la SCJN se dio a conocer este miércoles.
La decisión de la SCJN se dio a conocer este miércoles.Foto: Archivo.
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Con cuatro votos a favor y uno en contra, los ministros de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación echaron abajo la política energética promovida por la secretaría de Energía, Rocío Nahle García, al considerar que invadía las facultades de la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece).

Los ministros avalaron el proyecto del ministro Luis María Aguilar de declarar inválido el acuerdo de Política de Confiabilidad, Seguridad, Continuidad y Calidad en el Sistema Eléctrico Nacional, ya que obstaculiza el cumplimiento de las facultades constitucionales encomendadas a la Cofece.

Lo anterior porque anula presupuestos que deben darse para que exista competencia económica y libre concurrencia en el mercado de generación y suministro de energía eléctrica, principalmente en lo que corresponde a las energías limpias intermitentes.

Al resolver la controversia constitucional promovida por la Cofece, el ministro Aguilar Morales argumentó que la política de confiabilidad distorsiona el proceso de competencia y concurrencia que debe estar presente en los eslabones de generación y suministro de energía.

“Además de que otorga una ventaja exclusiva e indebida en favor de Comisión Federal de Electricidad (CFE) para que proponga proyectos estratégicos en programas de suma relevancia en el desarrollo del SEN (Sistema Eléctrico Nacional) y que invariablemente inciden en dichos eslabones, siendo que tal previsión no se encuentra prevista para los demás competidores y sin que se justifique tal distinción”, indicó.

En sesión virtual, los integrantes de la Segunda Sala invalidaron también el apartado referente a la elaboración de los Lineamientos y Criterios de Confiabilidad para la Planeación y Operación del Sistema Eléctrico Nacional (SEN).

Determinó que la disposición 3.8.4, que permite la participación proactiva de la CFE resulta contraria al nuevo esquema generado como consecuencia de la reforma energética, ya que la Comisión Federal, como transportista y distribuidor, no tiene ninguna facultad al respecto.

De igual manera, los ministros consideraron que el Centro Nacional de Control de Energía (Cenace) no tiene competencia para rechazar solicitudes de estudios de interconexión, ni para emitir un dictamen que debe tomar en cuenta por la Comisión Reguladora de Energía (CRE) al momento de evaluar y, en su caso, conceder el permiso de generación.

Aguilar estableció que la política impulsada por la Secretaría de Energía cancela la posibilidad de entrada al mercado de centrales eléctricas que operan con energía limpia, en concreto a las eólicas y fotovoltaicas, lo cual afectaría a los consumidores de contar con tarifas eléctricas más accesibles.

fgr