Derechos político-electorales de las mujeres

TEPJF: Comisión Permanente incumple paridad; diputados deben emitir reglas para garantizarla

El TEPJF ordenó a la Cámara de Diputados garantizar la paridad en la integración de la Comisión Permanente en la siguiente conformación; las diputaciones actuales son de 15 hombres y cuatro mujeres

Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.Foto: Especial
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El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó a la Cámara de Diputados determinar lo necesario para garantizar la paridad en la integración de la Comisión Permanente.

Ante la impugnación que presentó la vicecoordinadora del Partido de la Revolución Democrática (PRD) en la Cámara de Diputados, Elizabeth Pérez Valdez, quien reclamó la falta de paridad en los integrantes que designaron en San Lázaro para la Comisión Permanente, la Sala Superior resolvió por mayoría de cinco votos (votaron en contra los magistrados Felipe Fuentes Barrera y José Luis Vargas), que se vulneró dicho principio.

El magistrado ponente Felipe de la Mata Pizaña apuntó que, en este caso y ante este fin legítimo, es inaplicable el criterio del artículo 10 de la Ley de Medios, el cual impide conocer sobre actos parlamentarios.

Señaló que, de las diputaciones que conforman la actual Comisión Permanente, 15 son hombres y cuatro mujeres. Por tanto, existe una evidente subrepresentación de ellas.

La paridad es un estudio que permea en todo el Estado mexicano y este Tribunal con máxima autoridad jurisdiccional en la materia debe garantizar que los derechos político-electorales de las mujeres se ejerzan en condiciones de igualdad y paridad. Por ello, estoy convencido que en la Comisión Permanente también se debe integrar de forma paritaria por ser un órgano legislativo de naturaleza sustantiva

Felipe de la Mata Pizaña, magistrado ponente

La mayoría de los integrantes de la Sala Superior del TEPJF resolvió que sí se vulneró el principio de paridad en la conformación de la Comisión Permanente, pero reconoció que en su actual integración ya no se puede modificar, por lo que se debe asegurar ese criterio en la siguiente conformación.

“Se ordena que emitan las reglas necesarias en las que se prevea el cumplimiento al principio de paridad en la conformación de las próximas integraciones de la Comisión Permanente”, determinó.

MAEP