Celebra eliminación del artículo 109

ALAI pide modificación en algunas definiciones del artículo 3 de la LFTR por ser ambiguas

La organización sostiene que, de no modificarse, se podría generar incertidumbre jurídica; reiteró su disposición para colaborar con el Senado

La imagen muestra unas antenas de telecomunicaciones
La imagen muestra unas antenas de telecomunicaciones Foto: Cuartoscuro

La Asociación Latinoamericana de Internet (ALAI) solicitó que se retiren o se modifiquen las definiciones sobre “plataforma digital”, “proveedor de plataformas digitales” y “servicio digital” que se incluyen en el artículo 3, fracciones cuadragésima cuarta, quincuagésima sexta y sexagésima séptima del dictamen de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR) por ser ambiguas y porque el alcance de dicha ley podría afectar a sectores que no forman parte del ámbito de las telecomunicaciones.

La organización sostiene que, de no modificarse, se podría generar incertidumbre jurídica, “duplicidades regulatorias”, es decir que diversos servicios digitales podrían ser regulados por distintos marcos normativos; además, de una “sobre-regulación” de servicios digitales de infraestructura y obstáculos a la innovación, así como que se desincentiven las inversiones críticas que ayuden a la que México se fortalezca en la competitividad digital.

“Solicitamos que se retiren o modifiquen las definiciones mencionadas en el artículo 3, enfocando su alcance específicamente en el ámbito de las telecomunicaciones. ALAI reitera su disposición para colaborar con el Senado en la construcción de definiciones/enmiendas técnicamente precisas que brinden certeza jurídica al sector”, señaló a través de un comunicado.

ALAI destacó que, “la experiencia internacional y las buenas prácticas regulatorias” muestran que sí debe haber una diferenciación entre los conceptos de servicios de telecomunicaciones y los servicios digitales de valor agregado, porque los últimos “gestionan recursos físicos y escasos”, y también las plataformas digitales que basan su operación en internet también son consideradas servicios de valor agregado.

Celebró la apertura del Senado de República para “escuchar” los desacuerdos que se tengan respecto al dictamen de reforma a la LFTR, pero ésta debe ser a través de un “proceso transparente, inclusivo y con incidencia”.

“Es de suma importancia que los argumentos técnicos presentados por múltiples sectores sean tomados en cuenta para fortalecer y no debilitar la legitimidad del proceso, confirmando que los conversatorios y espacios de consulta hayan sido una instancia real de incidencia”, abundó.

Finalmente, indicó que fue un acierto la eliminación del artículo 109 y que se vea reflejado en el dictamen final; además, pidió que el nuevo texto sea compartido con las personas que participaron en los foros de diálogo que coordinó Javier Corral; e incluso sugirió que ya no se agreguen temas en la reserva que no se encontraban en el proyecto original para evitar un debate más complejo.

“Reiteramos nuestra más completa disposición a seguir participando en este proceso con argumentos técnicos y jurídicos, con el objetivo de construir una legislación moderna, equilibrada y promotora del desarrollo digital. El sector de servicios digitales representa un motor fundamental para la economía mexicana”, puntualizó.

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LMCT

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