Medida, vigente hasta el 30 de abril

Banxico exenta pago mínimo de tarjetas de crédito a afectados por Otis

Cada banco pondrá los lineamientos correspondientes y deberán transparentar los esquemas de apoyo que ofrezcan

Banxico exenta pago mínimo de tarjetas a damnificados por el huracán Otis.
Banxico exenta pago mínimo de tarjetas a damnificados por el huracán Otis.Fotos: Cuartoscuro
Por:

Banco de México (Banxico) permitirá que las personas afectadas por el huracán Otis en Guerrero estén exentas de realizar el pagó mínimo de su tarjeta de crédito.

Esta medida es transitoria y estará vigente del 1 de octubre de 2023 al 30 de abril de 2024, señaló. Las entidades financieras no podrán cobrar intereses moratorios y comisiones por incumplimiento del pago mínimo a los tarjetahabientes beneficiados por este esquema, durante el periodo de diferimiento

El instituto central comentó que las afectaciones meteoro deterioraron severamente la actividad económica de amplias zonas de Guerrero, incidiendo en la fuente de ingreso de los hogares que radican en la región.

Por ello, con el propósito de mitigar los efectos en la economía de los hogares causados por el huracán y para continuar promoviendo el sano desarrollo del sistema financiero y protegiendo los intereses del público, se pone en marcha esta medida.

“El Banco de México ha determinado que, en los casos en que las instituciones de crédito así lo consideren y convengan con sus clientes respectivos, suspendan temporalmente la obligación de requerir el cobro del pago mínimo de las tarjetas de crédito a los usuarios que radican en los municipios declarados como zona de desastre por la Secretaría de Gobernación, y que se encuentren al corriente en sus pagos.

Esto, dijo, permitirá que las instituciones ofrezcan esquemas de apoyo con el fin de que sus clientes afectados tengan la oportunidad de diferir temporalmente el pago de sus tarjetas de crédito.

Adicionalmente, las instituciones bancarias deberán transparentar los esquemas de apoyo que ofrezcan, indicando, en particular, la forma en que se realizarán los cobros de sus deudas después del periodo de no exigencia de cumplimiento del pago mínimo; esta información deberá incorporarse en los portales de Internet de cada institución, así como en los estados de cuenta de las tarjetas de crédito de sus clientes que hayan convenido acogerse a estos beneficios.

Síguenos también en Google News

FBPT