Mes del Testamento

¿Qué hacer en caso de heredar una casa del Infonavit y no tener las escrituras?

Es importante que los beneficiarios del Infonavit tengan la certeza de que su patrimonio estará seguro más allá de la vida

El Infonavit aumentará los montos máximos del crédito para trabajadores que ganen menos de 2.8 Unidad de Medida y Actualización (UMAS)
El Infonavit aumentará los montos máximos del crédito para trabajadores que ganen menos de 2.8 Unidad de Medida y Actualización (UMAS)Pixabay
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En septiembre, mes del testamento, es importante que los beneficiarios del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) tengan la certeza de que su patrimonio estará seguro más allá de la vida.

Por ello, es importante recordar que el testamento es un documento jurídico que permite transmitir los bienes que se tienen en vida, como dinero, posesiones materiales, incluida la casa del Infonavit, y hasta cuentas por cobrar.

Siempre es mejor tener todo en regla. Aprovechando que en todo el país septiembre es el mes del testamento, damos algunos consejos para que la vivienda sea sólo para la familia y seres queridos.

¿SE PUEDE HEREDAR UNA CASA DEL INFONAVIT? 

Lo primero es realizar un testamento. Para este proceso no es necesario presentar ningún comprobante de propiedad o lista de bienes, pero para recibir lo heredado los beneficiarios necesitarán forzosamente, en el caso de la vivienda, contar con las escrituras a nombre del titular fallecido e inscritas en el Registro Público de la Propiedad.

En caso de heredar una vivienda del Infonavit que no cuenta con escrituras, debe llevarse a cabo un procedimiento legal para que los herederos puedan contar con una escritura a su nombre y entonces puedan disponer legalmente sobre ella.

En caso de que aún se esté pagando el crédito Infonavit también se pueden pedir escrituras. 

La casa es tuya, puedes solicitar y obtener tus escrituras. Ya sea que hubieras adquirido tu casa con ayuda de un crédito de Infonavit, de otra institución o incluso si la construiste tú mismo, contar con la escritura es vital para comprobar que eres el legítimo dueño

destacó el Instituto en un comunicado.

Si bien no es no es obligatorio hacer un testamento, si se tiene una propiedad a nombre del beneficiario, la recomendación es elaborar uno para facilitar el procedimiento de adjudicación a favor de quien se decida en caso de fallecer. 

Tanto para escrituras como para el testamento un notario es quien  podrá apoyar. 

En septiembre es el mes en el que a nivel nacional se ofrecen una serie de descuentos para su realización, más horarios de atención y hasta se puede recibir asesoría sobre el pago de impuestos correspondientes para recibir un bien heredado.

AVC