Una polémica latente
Esta es la alerta de Profeco para clientes que son obligados a dejar propina
La polémica sobre si la propina es una gran parte del porcentaje del salario del trabajador, continúa siendo tema de conversación en redes sociales
Cuando un caso sobre alguien que no quiso dejar propina -ya sea por elección o porque de plano no le alcanzaba el presupuesto o hasta porque no se sintió bien atendido- se hace viral en redes sociales, la conversación gira en torno a la polémica de si son los patrones los responsables de pagar a los meseros un sueldo competitivo y no cargar el mayor porcentaje de ese salario a una propina que, además, no es obligatoria.
Sin embargo, muchos clientes se sienten intimidados en los establecimientos pues son prácticamente obligados a pagar esa propina, así que en atención a las múltiples quejas al respecto, la Procuraduría Federal del Consumidor lanza una alerta que debes tomar a consideración.
¿La propina es obligatoria o voluntaria?
A través de la Revista del Consumidor, la Profeco indica que la propina es voluntaria y que no se puede incluir en la cuenta sin tu consentimiento, algo que muchos establecimientos definitivamente no toman a consideración y continúan realizando esta práctica sin que se vean amenazados.
En ningún caso pueden imponértela ya que en nuestro país no hay ley que regule a cuánto equivaldría en caso de que quieras darla. En este sentido, dice la Ley Federal del Trabajo, en su artículo 346 que "las propinas son parte del salario de los trabajadores a que se refiere este capítulo en los términos del artículo 347".
La Ley Federal de Protección al Consumidor, menciona que "los proveedores no podrán aplicar métodos o prácticas comerciales coercitivas y desleales, ni cláusulas o condiciones abusivas o impuestas en el abastecimiento de productos o servicios".
¿Cómo alertó Profeco a los clientes que son obligados a dejar propina?
Para la Profeco, la propina es una gratificación voluntaria por un servicio recibido, principalmente en actividades que implican una atención directa al consumidor. Profeco entonces lanza la advertencia e informa que bajo ningún motivo este cargo se puede incluir en la cuenta final del consumo de las persona.
Así que recuerda que ésta no es obligatoria en absoluto.
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