En los anteriores Pesos y Contrapesos vimos algunas muestras de la falta de respeto al derecho de propiedad, desde la intención de director del Infonavit para legalizar la injusticia, hasta el lugar que ocupa la propiedad en la Declaración Universal de los Derechos Humando, de 1948, en comparación con el que se le dio en la Declaración de los Derecho del Hombre y del Ciudadano, de 1789, derecho de propiedad que debe estar plenamente reconocido, puntualmente definido y jurídicamente garantizado, algo que en México no sucede, lo cual es propio del Estado de chueco, antítesis del Estado de Derecho. Y eso, Estado de chueco, es lo que padecemos en México.
Otro ejemplo de la falta de respeto al derecho de propiedad lo tenemos en el artículo 28 de la Constitución, en cuyo primer párrafo leemos que “en los Estados Unidos Mexicanos quedan prohibidos los monopolios”, con lo cual, de entrada, estoy de acuerdo, pero no de salida, porque la Constitución no distingue entre los distintos tipos de monopolio que puede haber, no debiendo prohibirse el monopolio privado por competitividad, la empresa que limpiamente, sin ninguna ayuda el gobierno, en base a mayor productividad (menores costos), y mayor competitividad (menores precios), eliminó a sus competidores.
En el párrafo cuarto se lee que “no constituirán monopolios las funciones que Estado ejerza de manera exclusiva en las siguientes áreas estratégicas (…), así como las que expresamente señalen las leyes que expida el Congreso de la Unión”.
Primer punto: ¿cómo que no son monopolios las funciones que el Estado, que para todo efecto práctico es el gobierno en turno, realice exclusivamente en las áreas estratégicas? La esencia de monopolio es la exclusividad en la provisión de algún bien o servicio. ¿Cómo es posible que la Constitución esté redacta en tales términos? El problema es que, si prohíbes los monopolios, ¿cómo justificas los monopolios gubernamentales? ¡Diciendo que no lo son!
Segundo punto, más grave que el anterior: en México basta y sobra que el Congreso de la Unión expida una ley, y que la promulgue el Ejecutivo Federal, en la que se diga, por ejemplo, que las peluquerías y los salones de belleza, o las cantinas y las pulquerías, o las torterías y las taquerías, son considerados sectores estratégicos, para que tengan que expropiarse y gubernamentalizarse (este, gubernamentalizarse, no nacionalizarse, es el término correcto), porque en al párrafo quinto del articulo 25 constitucional se dice que “el sector público tendrá a su cargo, de manera exclusiva, las áreas estratégicas que se señalan en el artículo 28 párrafo cuarto de la Constitución”.
¿Cuáles son los sectores estratégicos de la economía? Los que expresamente señalen las leyes que expida el Congreso de la Unión. Cualesquiera se les ocurran a los diputados y senadores. Estando así las cosas, ¿podemos decir en México el derecho de propiedad privada sobre los medios de producción está plenamente reconocido, puntualmente definido y jurídicamente garantizado? No.
Exagero: no creo que se vayan a expropiar y gubernamentalizar las torterías y las taquerías, las peluquerías y los salones de belleza, las cantinas y las pulquerías. Exagero, pero no invento. La posibilidad es real aunque la probabilidad sea mínima.
Continuará.