La semana pasada, el ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Hugo Aguilar, afirmó lo siguiente: “El pago de impuestos, en estricto sentido, no es un tema de derechos humanos”. Por su puesto que lo es. Lo explico paso por paso, comenzando por la justicia y terminando por el derecho.
La justicia es la virtud (por lo tanto, antes que al ámbito de lo legal, pertenece al de la ética), por la cual respetamos los derechos de los demás, comenzando por los naturales, que son los que nos corresponden por ser personas: a la vida, la libertad individual y la propiedad privada (dejando de lado, porque en este contexto no vienen al caso, los derechos contractuales, que las personas adquieren voluntariamente por así haberlo acordado con alguien más, como es el caso de los derechos mercantiles).
El derecho natural de Juan es la obligación de Pedro de no realizar determinadas conductas: no matarlo, respetar su derecho a la vida; no secuestrarlo, respetar su derecho a la libertad individual; no robarle, respetar su derecho a la propiedad privada. El derecho de alguien es la obligación de alguien más, y quienes cumplen con esas obligaciones actúan con justicia, la única de las cuatro virtudes cardinales (las otras son: prudencia, fortaleza y templanza), que es social, no en el sentido del término en el concepto justicia social, sino en el sentido de que para practicarla se requiere que, por lo menos, dos personas convivan: Pedro, con sus derechos frente a Juan, derechos de Pedro que son las obligaciones de Juan; Juan, con sus derechos frente a Pedro, derechos de Juan que son las obligaciones de Pedro.

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Si la justicia es la virtud por la cual se respetan los derechos de lo demás, se requiere de lo demás para poder practicarla. Un náufrago, solo en una isla, tiene que practicar, si quiere sobrevivir, la prudencia, la fortaleza y la templanza, pero no puede practicar la justicia, al menos que crea, erróneamente, que tiene derechos y obligaciones para consigo mismo. Para consigo mismo tiene intereses, sobrevivir antes que cualquier otro, pero no, estrictamente hablando, derechos y obligaciones, que son hechos sociales.
¿Qué tiene que ver todo lo anterior, desde la justicia hasta los derechos, con el cobro de impuestos? Según Hugo Aguilar, ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, nada. Pero, si aceptamos lo dicho en los párrafos anteriores, mucho.
Dado que las personas tenemos el derecho al producto íntegro de nuestro trabajo, que es parte del derecho a la propiedad privada, entonces hay que encontrar la justificación correcta al cobro de impuestos, por los cuales el gobierno nos obliga, bajo amenaza de castigo, a entregarle una parte de nuestros ingresos, del producto de nuestro trabajo.
Si se afirma, como lo hace el ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que “el pago de impuestos, en estricto sentido, no es un tema de derechos humanos”, entonces no hay que buscar esa justificación y se abre la puerta, más de lo que ya lo está, a la expoliación tributaria, propia del Estado de chueco, antítesis del Estado de Derecho.
Continuará.

