La terapia de conversión es un término que describe las prácticas seudocientíficas utilizadas para intentar alterar la expresión e identidad de género o la orientación sexual de una persona. Las técnicas utilizadas incluyen lo mismo el uso de electrochoques que internamientos forzados y hasta exorcismos.
En 2019, debido a la existencia de una crisis de salud mental entre adolescentes, los legisladores de Colorado aprobaron una ley que prohíbe a los profesionales de la salud dar ese tipo de terapia a menores de 18 años.
Una terapeuta cristiana, de nombre Kalei Chiles, acudió a un juzgado de distrito en Colorado argumentando que, si bien no busca convertir a sus pacientes, sí les ayuda con objetivos que incluyen reducir o eliminar atracciones sexuales inconvenientes o hacerles sentir más cómodos con sus cuerpos. En su opinión, la ley atenta contra la libertad de expresión, pues le prohíbe conversaciones con pacientes menores de edad. Al considerar que contraviene la primera enmienda, solicitaba que fuera analizada utilizando un escrutinio estricto y no la prueba de racionalidad que es menos exigente. El juzgado de distrito rechazó su pretensión, motivo por el cual Chiles se inconformó ante la Corte de Apelación del 10.o circuito. Ese tribunal reconoció que, en efecto, la prohibición regulaba una conducta que podría tener un efecto en la libertad de expresión, pero eso sería incidental. En consecuencia, ratificó que la revisión se realizara usando el criterio de prueba de racionalidad, nivel de escrutinio menos exigente que el escrutinio estricto que impide al gobierno establecer prohibiciones arbitrarias.
Inconforme con esa resolución, la terapeuta solicitó que la Corte Suprema estudiara su caso. Dicho tribunal aprobó la atracción y el 7 de octubre celebró una audiencia para escuchar a las partes. La defensa de Chiles insistió en que los integrantes del tribunal máximo declaren inconstitucional la ley porque, al prohibirle ayudar a los menores en asuntos de género y sexualidad, basándose en la prueba de racionalidad, se abre la puerta para que el estado silencie todo tipo de expresión oral, convirtiendo a los terapeutas en voceros gubernamentales. La fiscalía federal apoyó la posición de Chiles, argumentando la inexistencia de regulación estatal de tratamientos médicos basados en palabras. Por su parte, la fiscal de Colorado expresó que la prohibición regula un tratamiento médico que implica un gran riesgo, subrayando que no impide a los profesionales de la salud expresar sus puntos de vista a pacientes o cualquier otra persona. Insistió que el estado no debe perder la capacidad de regular los tratamientos médicos sólo porque los profesionales de la salud utilizan palabras. La audiencia duró 90 minutos y en ella intervinieron juzgadores conservadores y liberales.
Aunque será hasta el próximo año cuando se conozca la determinación de la Corte, la integración mayoritariamente conservadora de sus integrantes hace suponer que Chiles probablemente, practicará la terapia de conversión en menores de edad. Lejos están los tiempos en que el consenso bipartidista aprobó leyes que prohibieron esa práctica en 25 estados.

