SERÉ BREVE

Pacta sunt servanda

Emilio Vizarretea. *Esta columna expresa el punto de vista de su autor, no necesariamente de La Razón
Emilio Vizarretea. *Esta columna expresa el punto de vista de su autor, no necesariamente de La Razón Foto: Especial

La expresión latina Pacta sunt servanda señala que los acuerdos, pactos, tratados o contratos son para cumplirse. Dos partes en juego deciden en condiciones autónomas sobre un tópico que les interesa. Se ponen de acuerdo y están de acuerdo en que sus acciones habrán de cumplir (honrar) lo acordado.

Desde luego que el objeto de interés y las conductas de las partes interesadas hacen la variedad de los acuerdos, proveen los matices, muestran la intensidad en las formas (la buena fe) y los tiempos para cumplir y, finalmente, las fórmulas o mecanismos para resarcir a la parte afectada por su incumplimiento.

Así, esta locución romana, establecida en la antigüedad, registra el fundamento de la confianza entre las partes, entre sujetos de palabra, en la solidaridad de la sociedad y en el respeto firmado en lo internacional. Pretende igualar o equilibrar las diferencias existentes.

Hay múltiples ejemplos de la pérdida de confianza. Cuando un amante engaña al amado; cuando no se cumple la palabra empeñada; cuando en un grupo u organización, algunos buscan su beneficio dañando a otros; cuando un político abusa, miente o roba a sus representados; cuando un jefe de gobierno abusa o impone por la fuerza su interés personal a sus gobernados, u otros gobiernos, incumpliendo acuerdos o tratados establecidos.

Si bien es un hecho común, entre las personas, grupos, organizaciones o naciones, decir una cosa, hacer otra y pensar otra más, mostrando su inconsistencia o locura, ello altera la confianza y lastima la relación previamente establecida, ya en lo amoroso, el ejercicio del poder o la aplicación de la ley.

Generalmente, la situación que provoca es de desconcierto, malestar, extrañamiento, dolor, coraje o impotencia, cuando no se cumple lo pactado; aparecen la reconvención o la demanda, la mentira, el engaño, el abuso, el exceso, el fraude y la imposición.

La relación establecida, no cumplida, pervierte y distorsiona, se busca la restauración de la situación, o la reparación del daño, o la disculpa o devolución de lo dañado. El incumplimiento deja marcas, huellas imborrables o pérdidas destructivas o totales.

Perder los vínculos de confianza y aceptación, y generar alguna escalada nociva y violenta entre las partes, podría alcanzar un daño mayor, con un costo superior a la violación del acuerdo pactado. No sólo la separación, podría tener repercusiones irreparables en el bien, considerando su posible destrucción, o bien afectar la relación en una de las dos partes, como acción arrebatada o violenta, incontrolada por la ofensa.

Al evitar pensar una solución extrema a los acuerdos o contratos establecidos, hay posibilidad de renegociaciones. Frente a la expresión Pacta sunt servanda, hay otra locución latina, rebus sic stantibus —mientras las cosas permanezcan igual— que establece la inaplicabilidad de un pacto, debido a un cambio fundamental en las circunstancias. Éste es un proceso que no siempre es suficientemente claro y, que podría acusar registro de un abuso sobre la idea de algún cambio en la cosa pactada, o bien en alguno de los pactantes o entre sí.