Durante el año que está por terminar ha ido avanzando la propuesta del presidente Trump de modificar la manera de adquirir la ciudadanía estadounidense. Todo comenzó el 20 de enero, mediante una orden ejecutiva que determina poner fin a la ciudadanía por nacimiento a los hijos de personas migrantes sin estatus legal o con estancias temporales en territorio de EU. Si bien estaba prevista su entrada en vigor 30 días después de ser emitida, su vigencia ha sido bloqueada reiteradamente por tribunales federales.
El debate se centra en la cláusula de Ciudadanía de la Decimocuarta Enmienda, incorporada a la Constitución en 1868 tras la Guerra Civil, que establece que toda persona nacida en Estados Unidos y sujeta a su jurisdicción es ciudadana. Esta enmienda fue una respuesta que revirtió el fallo de Dred Scott (1857), que negaba la ciudadanía a los afroamericanos descendientes de esclavos. Desde entonces, el principio del ius soli ha sido una base del sistema constitucional estadounidense. Un precedente fundamental es el caso Wong Kim Ark (1898), en el que la Corte Suprema resolvió que un menor nacido en California de padres chinos (no ciudadanos), era ciudadano estadounidense. Durante más de un siglo ese fallo ha sido la interpretación dominante de la Decimocuarta Enmienda. La administración Trump sostiene que ese precedente no es aplicable a hijos de migrantes indocumentados o visitantes temporales, alegando que la enmienda fue pensada exclusivamente para los antiguos esclavos y sus descendientes.
Por la relevancia del tema, era de esperarse que la Corte Suprema conociera de la validez de la orden ejecutiva. Desde el 13 de marzo, la Fiscalía federal solicitó la intervención del máximo tribunal. Demandó un pronunciamiento sobre el alcance de las suspensiones universales y argumentó que esas resoluciones extralimitan las atribuciones de los jueces, pues únicamente deben aplicarse a los casos concretos sometidos a ellos, sin extender sus efectos a los demás afectados. El 27 de junio la Corte Suprema determinó, por mayoría de seis a tres, rechazar el concepto de las suspensiones que prohíben al Gobierno cumplir con los términos de una norma en todo el territorio estadounidense.

Fecha para el tren
Al eliminar las suspensiones universales, el máximo tribunal concedió a la administración Trump la suspensión de las resoluciones de los jueces que habían impedido terminar el derecho a la ciudadanía a cualquier persona nacida en su territorio.
La suspensión no fue absoluta, pues permitió a dichos jueces conceder la no aplicación de la orden ejecutiva únicamente a quienes solicitaron su intervención. Las cortes federales siguieron fallando en contra de la aplicación de la orden ejecutiva, lo que llevó al Gobierno a insistir en la intervención de la Corte Suprema.
Así, el 5 de diciembre, el tribunal máximo aceptó revisarla. Dado que no se prevé un procedimiento acelerado, las audiencias públicas se llevarán a cabo en la primavera de 2026, esperándose una resolución a finales de junio o principios de julio. Seguiremos pendientes de un fallo tan trascendental.

