PESOS Y CONTRAPESOS

¿Mandato dual? (1/5)

Arturo Damm Arnal. *Esta columna expresa el punto de vista de su autor, no necesariamente de La Razón. Foto: La Razón de México

Las condiciones generales de la economía dependen de su dinamismo y estabilidad. El dinamismo se mide por el crecimiento de la producción de bienes y servicios para el consumo final, el Producto Interno Bruto, PIB, y la estabilidad por el comportamiento del Índice Nacional de Precios al Consumidor, INPC, con el que se mide la inflación.

Lo ideal es que la producción crezca lo más posible y, si se tiene, como es el caso de México, un régimen monetario de metas de inflación, que la inflación se ubique en la meta, nada de lo cual está sucediendo en México: durante el primer trimestre, en términos anuales (comparando con el año anterior), el PIB creció 0.2%, y, en términos trimestrales (comparando con el trimestre anterior), decreció 0.8%. En abril la inflación anual fue 4.45% y la mensual 0.20%. Ni la producción está creciendo lo más posible ni la inflación está en la meta, que es 3%.

Según el Art. 28 constitucional, “El Estado (ojo: el Estado, no el gobierno), tendrá un banco central que será autónomo en el ejercicio de sus funciones y en su administración. Su objetivo prioritario será procurar la estabilidad del poder adquisitivo de la moneda nacional, fortaleciendo con ello la rectoría del desarrollo nacional que corresponde al Estado. Ninguna autoridad podrá ordenar al banco conceder financiamiento”.

El objetivo prioritario del Banco de México es procurar la estabilidad del poder adquisitivo del peso, lo cual se ha interpretado como lograr la inflación del 3%. El problema de interpretación del texto constitucional empieza con dos palabras: prioritario, que quiere decir preferente, no único, y procurar, que quiere decir intentar, no lograr. El texto constitucional debería estar redactado en estos términos: “El Estado tendrá un banco central que será autónomo en el ejercicio de sus funciones y en su administración. Su único objetivo será lograr la estabilidad del poder adquisitivo de la moneda nacional, fortaleciendo con ello la rectoría del desarrollo nacional que corresponde al Estado. Ninguna autoridad podrá ordenar al banco conceder financiamiento”.

En la Ley del Banco de México leemos que el mismo “tendrá por finalidad proveer a la economía del país de moneda nacional”, que “en la consecución de esta finalidad tendrá como objetivo prioritario procurar la estabilidad del poder adquisitivo de dicha moneda”, y que “serán también finalidades del Banco promover el sano desarrollo del sistema financiero y propiciar el buen funcionamiento de los sistemas de pagos”, para lo cual conviene que se preserve la estabilidad del poder adquisitivo del peso. Todo, comenzando por el sistema financiero y el sistema de pagos, funciona mejor sin inflación o, dado el régimen de metas de inflación, con la menor posible.

Si bien es cierto que la ley le señala al Banco de México tres objetivos, procurar la estabilidad del poder adquisitivo del peso, promover el sano desarrollo del sistema financiero, y propiciar el buen funcionamiento de los sistemas de pagos, se considera que tiene un único mandato, el más importante tratándose de un banco central: procurar la estabilidad del poder adquisitivo del peso. El Banco de México, a diferencia de otros bancos centrales, como la Fed en EU, es un banco con mandato único, no dual. ¿Cuál podría ser el segundo mandato?

Continuará.

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