Antonio Fernández Fernández

El daño moral causado a los profesionistas

ANTINOMIAS

Antonio Fernández *Esta columna expresa el punto de vista de su autor, no necesariamente de La Razón.
Antonio Fernández
 *Esta columna expresa el punto de vista de su autor, no necesariamente de La Razón.
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L a responsabilidad por daño moral en México se ha desarrollado muy poco y lentamente, mientras en nuestro vecino, Estados Unidos de América, se ha desarrollado profundamente, incluso, han resuelto algunos casos de forma desproporcionada en lo referente a la reparación del daño.

El daño moral en México se ha enfocado principalmente a los medios de comunicación, al mundo de la farándula y al mundo de la política, siendo utilizada la demanda por daño moral como una forma, distorsionada, de callar la posible información que se pueda divulgar; sin embargo, ésa no debe de ser la finalidad de una demanda por daño moral.

El daño moral ha tomado una vertiente por la que se le puede causar un daño a los profesionales, los cuales viven de su reputación y prestigio, como pueden ser los médicos o los abogados, quienes en muchos casos por realizar prácticas poco éticas, descuidos, errores voluntarios o involuntarios pueden causar un daño, pero también, en otras ocasiones, aun haciendo bien su trabajo, son extorsionados con publicaciones difamatorias de su prestigio y de su persona.

La importancia de que el daño moral causado a los profesionistas, que ven afectada su reputación, y por ello su desarrollo laboral, y derivado de ello sus ingresos económicos, los cuales les permite llevar un nivel de vida que se puede ver afectado por la difusión de falsa información sobre su persona.

La trascendencia del daño moral causado a los profesionistas, es que puede generar la quiebra financiera y social, además de un daño sicológico, en virtud de la falsa información que las redes sociales y medios de comunicación transmiten cada día, y son cada vez más consultados por los clientes para verificar la reputación, malos comentarios, demandas o chismes sobre el profesionista que desean contratar o que ya contrataron, y de ello depende que sea contratado, o por lo contrario, con base en ello rescindir el contrato, por tanto resulta determinante el daño moral causado a los profesionistas, por lo que se dice de ellos en las redes sociales y medios de comunicación.

Tenemos que tomar en cuenta que en muchos casos la información no es verdadera, mientras que en otros casos ayuda a los usuarios de los servicios profesionales a tomar una buena decisión para contratar al profesionista, pero ¿qué hacemos cuando es falsa la información, y nos causa un daño en el prestigio del profesionista?

Lo primero que hay que hacer es contactar al que subió la información a la red para convencerlo de que por su falsedad es necesario que la cancele, de no poder convencerlo de bajar la información, es necesario presentar una demanda por daño moral y falsa información, que puede resultar un juicio largo y desgastante, dependiendo de la defensa que realice la demandada y del grado de conocimiento del juez en materia de daño moral, además que resulta muy importante la calidad de las pruebas ofrecidas y las bases tomadas para cuantificación del daño.

Otro problema se presenta después de ganar la demanda, pues resulta que aun con la demanda ganada, es toda una odisea poder lograr que la información en la red se borre, y que los buscadores, como Google, dejen de buscar dicha información y presentarla a quien la consulta, por lo que debe de regularse el derecho al olvido, pues de lo contrario, cualquier información falsa continuará produciendo un daño y no importará solamente ganar el juicio.