Mauricio Ibarra

¿Integridad del Inai?

STRICTO SENSU

Mauricio Ibarra*Esta columna expresa el punto de vista de su autor, no necesariamente de La Razón.
Mauricio Ibarra
*Esta columna expresa el punto de vista de su autor, no necesariamente de La Razón.
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Los comisionados del Instituto Nacional de Transparencia y Protección de Datos Personales (Inai), en mayo del 2022, semanas después de haber concluido el periodo para el que habían sido designados, nombraron unánimemente a sus excolegas Guerra y Monterrey en posiciones inmediatamente inferiores a las que venían ocupando.

El pasado 11 de noviembre, se hicieron públicos los estados de cuenta de 2014 y 2015 del excomisionado Guerra, con cargo a la tarjeta del Instituto. Gracias a eso nos enteramos de que, en mayo de 2016, los comisionados resolvieron dos recursos de revisión promovidos por particulares. Los colegas del entonces comisionado, alegando que se revelaría su capacidad adquisitiva, clasificaron los estados de cuenta como información confidencial por 10 años. Su reciente publicación detalló la existencia de 94 cargos indebidos, entre ellos tres de un table dance. Días después, Guerra y Monterrey presentaron su renuncia a los cargos que venían desempeñando.

Desde abril del 2023, el Instituto sólo cuenta con cuatro de los siete comisionados que integran su Pleno. Esto volvió imposible que el Inai cumpliera con sus atribuciones, pues la ley señala que, para sesionar válidamente, se requiere un quorum de al menos cinco comisionados. Para que las vacantes fueran cubiertas, el Instituto interpuso una controversia constitucional ante la Suprema Corte. Ésta última ordenó al Senado que cubriera las vacantes existentes durante el periodo de sesiones que concluyó el 15 de diciembre, autorizando al Pleno a sesionar con los comisionados con los que cuenta.

La ley requiere que la presidencia del Instituto se nombre en una sesión con la presencia de siete comisionados con el voto favorable de al menos cinco de ellos, proceso en el que cada voto cuenta igual. El 6 de diciembre los comisionados emitieron un acuerdo con las reglas para elegir al reemplazo de la presidenta, sin tener el quorum necesario. El documento se fundamenta en la resolución de la Corte que autorizó al Instituto a sesionar con menos de cinco integrantes. La Corte, sin embargo, no se refirió al relevo de la presidencia, sencillamente porque la cuestión no le fue planteada. El procedimiento aprobado estableció que, en caso de empate en tres rondas, en la cuarta operaría el voto de calidad de la presidencia. La ley prevé la posibilidad de cuatro rondas, pero no menciona ningún voto de calidad. El 10 de diciembre se realizó el nombramiento del nuevo presidente. Luego de tres rondas, en las que dos comisionados empataron con dos votos cada uno, en la cuarta la presidencia recayó en un comisionado que obtuvo dos votos: el propio y el de la presidenta saliente. El acuerdo que en 2016 reservó los estados de cuenta del entonces comisionado Guerra, la votación unánime para dar puestos a sus excolegas y el proceso de relevo de la presidencia (sin quorum e inventando un voto de calidad), tienen en común la falta de integridad de los comisionados. Resulta difícil defender las instituciones si las cabezas actúan así. ¿No lo cree?