Abierta la convocatoria en Aguascalientes

Convocatoria USICAMM 2025 cambio de centro de trabajo Aguascalientes: Requisitos y registro

La convocatoria para el cambio de centro de trabajo en Aguascalientes está abierta; si estás interesado, aquí los detalles

En Aguascalientes ya salió la convocatoria USICAMM 2025-2026.
En Aguascalientes ya salió la convocatoria USICAMM 2025-2026. Foto: Aguascalientes, La Razón.

La Unidad del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros (USICAMM) ha publicado las disposiciones generales para los procesos de cambio de centro de trabajo correspondientes al ciclo escolar 2024-2025.

Estas disposiciones incluyen los criterios y procedimientos que las autoridades educativas de cada entidad federativa deben seguir para autorizar los cambios de centro de trabajo solicitados por los docentes.

El Instituto de Educación de Aguascalientes, para desarrollar el proceso de autorización de cambio de centro de trabajo, ciclo escolar 2025-2026, lanzó la convocatoria de la que en La Razón te damos más detalles.

El cambio de centro de trabajo y su convocatoria fueron abiertos en Aguascalientes.
El cambio de centro de trabajo y su convocatoria fueron abiertos en Aguascalientes. ı Foto: CCT Aguascalientes

¿Cuáles son los requisitos para el cambio de centro de trabajo en Aguascalientes para el ciclo 2025-2026?

Las maestras y los maestros que decidan participar en el proceso de autorización de cambio de centro de trabajo dentro de una entidad federativa deberán cumplir los requisitos que se indican en el artículo 21 del Acuerdo, que son los siguientes:

  • Contar con nombramiento definitivo
  • Encontrarse en servicio activo desempeñando la función que corresponda a la categoría que ostente durante todo el proceso para la autorización de cambio de centro de trabajo, a excepción de contar con licencia por gravidez
  • Tener al menos dos años de servicio ininterrumpidos en el centro de trabajo de su adscripción al 15 de agosto de 2025, a excepción de que la maestra o el maestro haya sido sujeto a un cambio por causa de fuerza mayor, necesidades del servicio o por razones de enfermedad, peligro de vida o seguridad personal debidamente comprobadas en los términos del Acuerdo
  • No contar con nota desfavorable en su expediente, la cual, para efectos de esta convocatoria se entenderá como lo establecido en el artículo 21, fracción IV del Acuerdo.
  • Registrar la solicitud de cambio de centro de trabajo a través de la plataforma a la que se refiere el Acuerdo.
  • Solicitud de cambio de centro de trabajo generada en la plataforma.

En caso de que la maestra o el maestro participante no cumpla con los requisitos señalados, con independencia de la etapa en la que se encuentre en el proceso conforme a lo señalado en el Acuerdo, el Instituto de Educación de Aguascalientes a través de la Dirección de Carrera del Magisterio tendrán la facultad de dejar sin efecto su participación, para lo cual emitirá una constancia en la que se le informe dicha situación.

De presentarse este supuesto, la Dirección de Carrera del Magisterio deberá notificar al participante a la brevedad posible fundamentando y justificando su decisión.

Los espacios disponibles materia de este proceso serán los que publique el Instituto de Educación de Aguascalientes, en la página https://www.iea.gob.mx/carrera-magisterio o en los medios que éste determine y en el portal de internet http://usicamm.sep.gob.mx.

La convocatoria de cambio de centro de trabajo se abre por estados.
La convocatoria de cambio de centro de trabajo se abre por estados. ı Foto: Redes sociales.

¿Cómo se hace el registro para el cambio de centro de trabajo en Aguascalientes?

Deberás acudir directamente a las instalaciones del Instituto de Educación de Aguascalientes, ubicadas en Av. Tecnológico 601, Fracc. Ojocaliente, en las oficinas de la Dirección de Carrera del Magisterio, aula “C”, lo cual podrá realizarse en el periodo comprendido del 10 al 21 de febrero de 2025.

Si la maestra o el maestro cumple con los requisitos establecidos en el Acuerdo y la presente convocatoria, quedará registrado en el proceso de cambio de centro de trabajo, lo cual no implica la obligación de la autoridad educativa de autorizarlo.

Por ningún motivo, la persona se podrá cambiar de adscripción hasta en tanto no se realice conforme al proceso respectivo.

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