A partir de este 25 de noviembre entraron en vigor las reformas que se hicieron al Reglamento de Tránsito del Edomex, con la finalidad de ordenar la movilidad de la región.
El nuevo reglamento de tránsito del Estado de México forma parte del Plan de Desarrollo del Estado de México 2023-2029, en el que se establece el fortalecimiento del Estado de Derecho.
En este plan también se tiene la finalidad de promover “la cultura de la legalidad en todas las áreas de la vida personal y pública, como condición indispensable para garantizar el bienestar colectivo y la paz social.”

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Se estableció un reformulamiento en las sanciones del Reglamento de Tránsito con la finalidad de inhibir conductas que caigan en infracciones viales, pero sin que estas tengan un costo excesivo.

Cambios que entran en vigor el 25 de noviembre
En el Reglamento de Tránsito del Estado de México se reformaron los artículos 2 y 3, además de algunos párrafos y fracciones de otros artículos con la finalidad de garantizar el acceso al derecho de la movilidad y generar condiciones de seguridad.
De acuerdo con el artículo 3 Bis, a partir de ahora quienes tendrán la facultad de imponer sanciones son las mujeres agentes de tránsito, quienes podrán ser identificadas con distintivos naranjas en sus camisolas blancas.
Las agentes de tránsito otorgarán una boleta en la que se establece la sanción, y esta podrá ser pagada por medio de los establecimientos autorizados por la Secretaría de Finanzas o en el sitio web oficial de las infracciones del Edomex.
Si las sanciones son liquidadas dentro de los 15 días hábiles posteriores a los que fue emitida la boleta o la notificación, estas tendrán un 50 por ciento de descuento en el total.
Asimismo, el Mexibús contará con un sistema de cámaras que podrán campar invasiones al carril confinado, así como exceso de vialidad en los carriles contiguos que tengan señalización.
Las infracciones captadas por las cámaras del Mexibús serán enviadas al domicilio de la persona que esté registrada como propietaria del vehículo en el registro vehicular.
También se establece que el casco debe ser utilizado de manera obligatoria por los motociclistas, así como la prohibición de trasladar en este tipo de vehículos a menores de edad que no puedan sujetarse de manera adecuada.
De igual forma, continúa la prohibición de manejar después de consumir bebidas alcohólicas o sustancias tóxicas, y de igual forma, el uso de celular queda prohibido mientras se maneja.


