El adulterio ya no será delito

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El Senado aprobó, con 69 votos a favor, la minuta que despenaliza el adulterio. Con lo cual se deroga el capítulo IV del Código Penal Federal, que establecía prisión hasta de dos años y privación de los derechos civiles hasta por seis años, a los culpables de dicho delito.

Cuando se habla de adulterio, dice el dictamen, se piensa en la concepción del matrimonio y de la familia como la base de la sociedad, así como de moralidad, pureza de la descendencia y honestidad.

Se trata, agrega, de conceptos generales relacionados con la moral y el deber recíproco sobre la dignidad entre dos personas que celebran un contrato de matrimonio, “pero no son bienes jurídicos de la más alta jerarquía en el derecho penal”.

“Dichas definiciones inhiben la posibilidad de determinar el bien jurídico específicamente protegido por las normas”, consideraron las comisiones de Justicia y de Estudios Legislativos Segunda.

Destacaron que en las últimas décadas el Congreso ha realizado reformas en materia de política criminal o que obedecen a circunstancias de apremio o de presión social desbordante.

Por tanto, consideraron, “es procedente la despenalización del delito y aquellas reglas afines al ejercicio de la acción penal, la obligación de castigar solamente el adulterio consumado y los efectos del perdón del ofendido”.

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