La Corte de Constitucionalidad de Guatemala otorgó tres amparos provisionales con los que prohibió al presidente Jimmy Morales firmar un acuerdo de Tercer País Seguro con Estados Unidos, bajo el argumento de que esa labor corresponde al Congreso de la República.
La corte advirtió a Morales que “para asumir la decisión en nombre del Estado de constituir al territorio nacional como un ‘tercer país seguro’ debe cumplir con el mecanismo establecido en la Constitución”.
Previamente, Morales envió un informe argumentando que la firma de acuerdos es una tarea que le corresponde, por tratarse de convenios regidos por normas internacionales ratificadas entre ambos países y que de otorgarse el amparo provisional “será su decisión si acata órdenes que se encuentren fuera de ley”.
La reunión entre Morales y Trump, que originalmente estaba programada para ayer, tenía como objetivo discutir temas migratorios y de seguridad. Sin embargo, funcionarios estadounidenses insinuaron que ahí podría concretarse el acuerdo.
Implicaciones
Al ser Tercer País Seguro, una nación se compromete a:
Albergar a las personas mientras se resuelve su condición de asilo en Estados Unidos.
Garantizar que su vida o su libertad no están amenazadas por los motivos de raza, religión, nacionalidad, etnia o posición política.
Asegurar el derecho a la vivienda, seguridad social, servicios médicos, empleo y educación.
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