Rechaza llamado del TEPJF

Excluir a 4 ministros es “burdo”, afirma Laynez

El togado señala que dicha acción no está en la ley orgánica de la Suprema Corte; el tribunal electoral ha emitido resoluciones sin aplicar el mismo criterio a otros casos, afirma

El ministro Javier Laynez Potisek, en imagen de archivo.
El ministro Javier Laynez Potisek, en imagen de archivo. Foto|Cuartoscuro

El ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Javier Laynez Potisek, declaró como burdo que la magistrada presidenta del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), Mónica Soto Fregoso, pida que cuatro ministros, entre ellos la ministra presidenta Norma Piña Hernández, se excusen de la discusión del proyecto de hoy.

“El impedimento no se da por el contenido de la opinión, sino por emitir la opinión en un asunto; por eso me parece, yo sí lo diría hasta burdo, esta manera de pretender excluirnos a cuatro para que no haya pronunciamiento, cuando, pues, entonces tendríamos que estar todos impedidos, ¿no?”, dijo en el noticiero radiofónico de Ciro Gómez Leyva.

Todos los ministros se han pronunciado en diferentes ocasiones, a favor y en contra de la reforma al Poder Judicial, incluso cuando fueron llamados al Congreso de la Unión previo a la realización de la reforma, comentó

“Es una causal que está en el Código Federal de Procedimientos Civiles y no está en nuestra ley orgánica. En primer lugar, desde ahí está la discusión de que aplica perfectamente cuando hay partes en un juicio en materia civil, pero nosotros tenemos nuestras propias causales de impedimento, donde no se encuentra esto. Aun cuando estuviera o se quisiera hacer una interpretación extensiva, el jueves nosotros no vamos a analizar la reforma judicial”, explicó el togado.

Es curioso que el TEPJF pidiera que se excusaran cuatro ministros, cuando sus compañeras Lenia Batres, Yasmín Esquivel y Loretta Ortiz, también se han pronunciado, dijo. Un precedente del TEPJF fue en 2019, cuando Soto Fregoso se pronunció sobre un caso que involucraba a un supuesto acosador sexual y una víctima. Fue recusada por la parte contraria, pero el Tribunal determinó que la razón de recusación no aplicaba.

El ha emitido tres resoluciones: la primera en respuesta a una consulta del INE sobre suspensiones, la segunda en respuesta a una consulta del Senado y del Ejecutivo sobre suspensiones, y la última, a una solicitud del comité de evaluación del PJ para seguir su proceso, agregó.

Sobre los alcances de las resoluciones de la SCJN en caso de que se apoye el proyecto del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena —cuya propuesta es acatar las suspensiones en contra de la elección del Poder Judicial y que también considera las sentencias del TEPJF como “opiniones que no tienen la capacidad de invalidar órdenes de suspensión en juicios de amparo”—, respondió: “Es una propuesta, es un proyecto que da cuenta para decir: ‘Oigan, hay salidas jurisdiccionales’. Ya olvidémonos, pues, del recurso de queja contra la suspensión provisional, el de revisión contra la definitiva”.

“También hay dos artículos que permiten a un propio juez revocar su propia decisión, su propia suspensión, y es donde él está proponiendo: ‘Revísenlas’, reconociendo, y esto es bien importante, que, si bien estamos hablando, no cabe duda de materia electoral, en una parte hay juicios de amparo”, mencionó Laynez Potisek.

En este sentido, explicó que es correcto lo que dice el TEPJF, que no puede haber juicios de amparo en materia electoral, pero que el problema es que los juicios no son de carácter electoral, sino de otras materias, y por eso pueden ser válidos.

Requieren de 6 votos para frenar elección al PJ, dicen

El proyecto del ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, cuya propuesta es acatar las suspensiones en contra de la elección del Poder Judicial y que también considera a las sentencias del TEPJF como “opiniones que no tienen la capacidad de invalidar órdenes de suspensión en juicios de amparo”, que se votará mañana, sólo requiere de seis votos para ser aprobado.

Fuentes cercanas a la SCJN confirmaron a La Razón que el proyecto requiere de seis votos a favor para avanzar, ya que sólo se necesitan ocho votos cuando se trata de acciones de inconstitucionalidad, controversias constitucionales y declaratorias de inconstitucionalidad.

  • El Dato: La discusión del proyecto se frenó el 6 de febrero para que el TEPJF pudiera enviar el informe que se le pidió.

“Menos en acciones de inconstitucionalidad, controversias constitucionales y declaratorias de inconstitucionalidad. Para invalidar una norma cuando se analizan estos asuntos, se requieren ocho votos; cuando no se alcanzan, aunque el proyecto proponga la inconstitucionalidad, se desestima el proyecto y permanece la norma vigente”, se explicó.

El ministro Javier Laynez fue cuestionado en el noticiero de Ciro Gómez Leyva sobre cómo sería la votación y si eran obligatorios los ocho votos.

“Entiendo que sí. El problema es que, acuérdate de que aquí ya luego nos pusieron en el transcurso de las modificaciones decisiones que eran seis y las, literalmente en reformas, las pusieron en ocho. La designación de nuestro comité de evaluación tuvo que ser por ocho, por ejemplo, cuando son asuntos que se resolvían por seis. Muy buena pregunta; queda pendiente la respuesta”, dijo.

En la sesión del pasado martes, la ministra presidenta Norma Piña recordó que la ministra Margarita Ríos Farjat está de vacaciones, por lo que se espera que mañana sólo asistan nueve ministros.