Acción de inconstitucionalidad

SCJN avala penas de hasta 6 años de prisión por manipulación de contenido íntimo con IA en Sinaloa

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avala la regulación de la Inteligencia Artificial (IA) en Sinaloa, que impone penas de hasta seis años de prisión a quienes usen esta tecnología para manipular y difundir contenido íntimo sin consentimiento

SCJN determina no suspender elección judicial.
SCJN determina no suspender elección judicial. Foto: Cuartoscuro.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió un fallo a favor de una acción de inconstitucionalidad sobre la regulación de la Inteligencia Artificial (IA) en México: avaló las penas de prisión de tres hasta seis años de prisión consideradas en el Código Penal de Sinaloa a quienes usen dicha tecnología para manipular imágenes, audios o videos de contenido íntimo sexual de una persona sin su consentimiento y luego compartirlos.

Durante la sesión del Pleno se aprobó por unanimidad el proyecto del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá que declaró válida la reforma del 12 de febrero del 2024 que adicionó el artículo 185 Bis C en el Código Penal de Sinaloa, que estableció un concepto de IA para castigar dicho delito.

La ponencia estuvo a cargo del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, quien expuso que la Inteligencia Artificial: “continúa siendo un concepto en evolución y sobre el cual la literatura relevante no ha coincidido en una definición unívoca ni en condiciones definitorias e inamovibles”.

 En su fallo, la SCJN ratificó la reforma del Código Penal de Sinaloa que define el uso de IA para estos delitos.
En su fallo, la SCJN ratificó la reforma del Código Penal de Sinaloa que define el uso de IA para estos delitos. ı Foto: Imagen de Freepik

¿Qué propuso la Corte?

Con lo anterior propuso que es válido que la regulación legal de la inteligencia artificial se defina de manera que se adapte al contexto y a las necesidades específicas del caso concreto.

“Si bien la definición ofrecida por el legislador local con respecto a la inteligencia artificial no contiene todos los parámetros técnicos establecidos en la literatura especializada y en el derecho comparado, esto no permite arribar a la conclusión de que sea imprecisa, pues el legislador otorgó una definición acotada, una definición comprensible en el contexto del delito de violación a la intimidad sexual”.

La SCJN avaló las penas de prisión de tres hasta seis años de cárcel.
La SCJN avaló las penas de prisión de tres hasta seis años de cárcel. ı Foto: Cuartoscuro

“Como consecuencia de lo anterior y del principio de división de poderes, se considera que debe existir una deferencia con el legislador y con la intención original que éste tenía al momento de emitir la norma analizada”, argumentó.

El Artículo 185 Bis C de dicho código establece que “se impondrán las mismas penas previstas en el segundo párrafo del presente artículo, a quien, haciendo uso de la Inteligencia Artificial, manipule imágenes, audios o videos de contenido íntimo sexual de una persona, para crear hechos falsos con apariencia real, con el propósito de exponer, distribuir, difundir, exhibir, reproducir, transmitir, comercializar, ofertar, intercambiar y/o compartir a través de materiales impresos, correo electrónico, mensajes telefónicos, redes sociales o cualquier otro medio tecnológico, sin su consentimiento expreso, voluntario, genuino y deseado”.

“Para efectos del párrafo anterior, se entenderá por Inteligencia Artificial las aplicaciones, programas o tecnología que analice fotografías, audios o videos y ofrezca ajustes automáticos para hacerles alteraciones o modificaciones”.

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