Este lunes entró en vigor la Ley General de Alimentación Adecuada y Sostenible, la cual exige la prohibición de comida chatarra en los planteles escolares, es decir, todos aquellos productos que no cuenten con el etiquetado que cumpla con la Norma Oficial Mexicana (NOM) 051.
La normativa contempla que se prohíbe vender alimentos ultra procesados, altos en azúcar, grasas saturadas, grasas trans y sodio, tales como refrescos, papas, dulces, pastelitos, galletas, entre otros productos.
De acuerdo con la iniciativa, el objetivo de lo propuesto es combatir los índices de obesidad, ya que México ocupa uno de los primeros lugares en la materia a nivel mundial.
La Secretaría de Educación Pública (SEP) informó que el consumo de comida chatarra afecta la salud y provoca fatiga, dificultad para concentrarse y problemas a largo plazo.
En escuelas de educación básica de diversos estados, se percibió que hubo una disminución en la afluencia de personas de las cooperativas, algunos vendedores expresaron que los lineamientos exigen la regularización de la preparación, distribución y expendio de alimentos y bebidas.
En caso de que se viole la ley en algún estado, se aplicarán sanciones administrativas, así como económicas y hasta suspensiones temporales de operación.

¿Qué alimentos sí pueden vender en las escuelas?
La Secretaría de Educación Pública lanzó una lista de alimentos que sí pueden comercializarse en las escuelas son los que estén elaborados con ingredientes 100 por ciento naturales y no procesados.
La dependencia detalló que se podrá vender esquites con limón en porciones de media taza, 40 gramos de palomitas naturales, dos y media cucharadas de pasitas, tres cuartos de yogurt natural, 15 cacahuates con cascará.
Asimismo, recomendaron vender media taza de habas enchiladas, tlacoyos chicos con nopales o frijoles, tortas de frijoles o pollo, las cuales pueden incluir una rebanada de queso panela o aguacate; también fruta en distintas presentaciones.
JVR


