El Gobierno de México admitió su responsabilidad en las violaciones a los derechos humanos cometidos en contra de Ernestina Ascencio, mujer indígena que terminó sin vida tras agresiones sexuales cometidas por elementos del Ejército en 2007.
Esto ocurrió durante la audiencia ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que ayer notificó su sentencia en donde declara que el Estado mexicano es responsable por la tortura y violación sexual de la mujer indígena de 73 años que fue agredida por soldados en Veracruz hace 13 años.
- El Dato: Ernestina Ascencio Rosario era una mujer indígena náhuatl monolingüe de 73 años habitante de la comunidad de Tetlatzinga, en la Sierra de Zongolica, en Veracruz.
Tras recibir la notificación, el Gobierno se dijo solidario con las víctimas para conocer la verdad, garantizar la justicia y reparar el daño, así como la no repetición.
La Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) detalló que “se analizarán con todo detenimiento los razonamientos y elementos de convicción contenidos en la sentencia y actuar como corresponda”.
La sentencia notificada este martes señaló que el Estado no cumplió con su deber para que la mujer recibiera atención médica que permitiera salvar su vida, tras las agresiones perpetradas por los militares que instalaron un campamento en cercanías de la vivienda de la víctima, un día antes de violentarla.
- 13 años tiene que se perpetró el ataque sin que haya responsables
Se detalla que aun cuando la mujer fue trasladada hasta el Hospital Regional del Río Blanco, perdió la vida un día después de la agresión. El Tribunal determinó que se violó su derecho a recibir atención de calidad, debido a que el hospital no contaba con intérpretes de náhuatl para facilitar la comunicación con ella y su familia.
En el expediente se expone que el hecho ocurrió en el marco del despliegue militar como parte de la estrategia de lucha contra el narcotráfico emprendida por el gobierno del entonces presidente Felipe Calderón Hinojosa.
“La Corte determinó que la violación sexual sufrida por la señora Ernestina constituyó un acto de tortura, ya que fue intencional, causó severos sufrimientos físicos y mentales y se cometió con el propósito de degradar, humillar y controlar a la víctima”, se lee en la sentencia.
Otra responsabilidad incumplida fue la de investigar el hecho para asegurar que hubiera acceso a la justicia en condiciones de igualdad para la familia de la mujer.
La Corte determinó que la investigación ministerial no se cumplió con la debida diligencia exigible en casos de violencia sexual contra mujeres. Además, se acusó al Estado mexicano de haber cerrado el caso de manera prematura, sin que se agotaran todas las líneas de investigación y además, las indagatorias carecieron de perspectiva de género, enfoques interseccionales y étnicos.
En el reporte emitido se apunta que directamente permearon estereotipos étnicos, etarios y de género “que a su vez fueron replicados por altas autoridades de gobierno —incluido el entonces Presidente de la República— que contribuyeron a crear un ambiente de descreimiento hacia las declaraciones de la señora Ascencio”.
Apuntó que la familia sufrió presiones e intimidaciones para frenar la búsqueda de justicia, por lo que se ordenó al Estado implementar medidas de reparación, incluida la investigación penal exhaustiva y seria sobre la violación, tortura y muerte de Ernestina para identificar, procesar y sancionar a los responsables.
Ordenó brindar atención psicológica y psiquiatra a los familiares, realizar un acto de reconocimiento e implementar programas de formación para funcionarios.


