La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló este lunes la constitucionalidad del decreto que extinguió 109 fideicomisos y fondos públicos en noviembre de 2020, una medida impulsada por el entonces presidente Andrés Manuel López Obrador que permitió al Gobierno Federal disponer de más de 68 mil millones de pesos.
El Pleno de la Corte rechazó por unanimidad las impugnaciones presentadas por ocho gobernadores de oposición y determinó que la extinción de estos instrumentos financieros —entre ellos el Fondo de Desastres Naturales y el Fondo Metropolitano— no invadió las facultades de las entidades federativas ni vulneró el pacto federal.
Los ministros aprobaron ocho proyectos presentados por Arístides Guerrero García, declarando infundadas las controversias constitucionales promovidas por los entonces mandatarios estatales de Jalisco, Chihuahua, Nuevo León, Guanajuato, Tamaulipas, Aguascalientes, Coahuila y Michoacán, todos gobernados en 2020 por partidos de oposición.
El ministro ponente argumentó que los gobiernos estatales no demostraron afectaciones concretas a sus atribuciones constitucionales.
“Se sostiene que las demandas plantearon argumentos genéricos sobre la consideración de las bondades que pudieran tener los fondos y fideicomisos, pero en ningún momento pusieron en evidencia la afectación a alguna atribución reconocida por la propia Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”Arístides Guerrero García, ministro de la SCJN
El Pleno concluyó que el Congreso de la Unión únicamente modificó la forma de colaboración federal con los estados, sin limitar sus facultades constitucionales, aunque no se pronunció sobre la constitucionalidad de cada fideicomiso de manera individual.
Durante la sesión, el ministro Guerrero García criticó duramente la gestión del Pleno anterior de la Suprema Corte por mantener estos asuntos sin resolver durante más de cuatro años.
“No caeré en la narrativa si la anterior Corte fue buena o fue mala, pero sí quiero decir de manera muy clara: fue muy irresponsable porque fueron cuatro años en donde se cerró la instrucción”, señaló el ministro ponente.
Por su parte, la ministra Lenia Batres Guadarrama defendió la extinción de los fideicomisos al argumentar que estos esquemas de concentración de recursos propiciaban un manejo discrecional y poco transparente del erario público.
Citó hallazgos de la Auditoría Superior de la Federación (ASF) que documentaron graves deficiencias en su operación.
“Los fideicomisos fueron utilizados para evitar la transparencia del ejercicio de recursos de nuestra nación, de ahí que sea correcto reconocer la validez del decreto impugnado mediante el cual se eliminó este tipo de fondos y fideicomisos públicos conforme al principio de rectoría del estado y en armonía con los artículos 40 y 124 de nuestra Constitución”Lenia Batres Guadarrama, ministra dela SCJN
La ministra detalló que la Auditoría Superior documentó falta de rendición de cuentas, confidencialidad excesiva, ineficiencia, irregularidades, desvíos y una distribución inequitativa de recursos en el manejo de estos instrumentos financieros.
Los fideicomisos extintos incluían fondos destinados a ciencia, cultura, deporte, atención a víctimas, cambio climático y prevención de desastres naturales.
La única disidencia registrada fue la de la ministra Yasmín Esquivel Mossa, quien se pronunció en contra de eliminar específicamente el fideicomiso de atención a víctimas.
La administración de Andrés Manuel López Obrador justificó en su momento la extinción de estos fondos como una medida necesaria para destinar recursos a la atención de los efectos de la pandemia de COVID-19.
Únete a nuestro canal de WhatsApp. En La Razón enviamos a tu celular lo más importante de México y el mundo. Recuerda que una persona informada siempre tiene La Razón.
cehr


