Juez desecha amparo

Fracasa intento de Hernán Bermúdez por bloquear posible extradición a EU

Juez federal dio un revés a Hernán Bermúdez Requena, presunto líder del grupo criminal La Barredora y exsecretario de Seguridad Pública de Tabasco, al desechar su demanda de amparo con la que pretendía blindarse ante una eventual extradición a EU

Hernán Bermúdez Requena, presunto líder de "La Barredora" en imagen de archivo.
Hernán Bermúdez Requena, presunto líder de "La Barredora" en imagen de archivo. Foto: Facebook, @senadcomunicacion

Un juez federal dio un revés a Hernán Bermúdez Requena, alias “El Abuelo”, presunto líder del grupo criminal La Barredora y exsecretario de Seguridad Pública de Tabasco, al desechar su demanda de amparo con la que pretendía blindarse ante una eventual extradición a Estados Unidos.

La resolución, emitida por el Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Penal con sede en Toluca, Estado de México, determinó que no existe aún ningún acto de autoridad concreto que amerite protección constitucional.

Hernán Bermúdez Requena, recluido en el penal de máxima seguridad del Altiplano, relató en su escrito que el pasado 5 de marzo custodios del centro penitenciario le advirtieron de manera informal que “ya me iba al gabacho porque existe una orden de extradición en mi contra, lo que se robustece con las notas periodísticas de circulación nacional”.

Con base en esos dichos, el exfuncionario, colaborador del entonces gobernador morenista de Tabasco, Adán Augusto López, alegó que no había recibido notificación oficial alguna y que, por tanto, se le impedía ejercer su derecho de defensa.

El argumento, sin embargo, no convenció al juez Daniel Marcelino Niño Jiménez, quien subrayó que los custodios carecen de facultades legales para notificar procedimientos de esa naturaleza y que las notas periodísticas citadas por el quejoso tampoco acreditan la existencia de un proceso de extradición en curso.

En consecuencia, el juzgador concluyó que Bermúdez Requena “no ha sufrido ningún perjuicio real y actual en su esfera jurídica, lo cual hace improcedente el presente juicio de amparo”.

El juez fue categórico al precisar que el “sólo temor de que se lleve a cabo un acto de autoridad, de ninguna manera significa la afectación a los derechos tutelados por la norma jurídica”, y aclaró que la obligación de interponer un juicio de amparo surge únicamente cuando el afectado tiene conocimiento formal y personal del acto reclamado, “y no por inducciones”.

Con esta resolución, la estrategia legal del exmando policiaco para anticiparse a un posible traslado hacia territorio estadounidense quedó truncada antes de siquiera iniciar su trámite.

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FGR