El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó la desaparición de 109 fideicomisos federales ordenada en 2020, por el entonces presidente Andrés Manuel López Obrador, al concluir que se trata de instrumentos administrativos cuya eliminación no cancela las obligaciones del Estado hacia la población, las cuales deberán cumplirse mediante el presupuesto público ordinario.
Con una mayoría de siete votos, los ministros determinaron que el decreto impulsado es constitucional, al considerar que la decisión forma parte del diseño de la política pública en materia de gasto. La resolución se dio al analizar la acción de inconstitucionalidad 303/2020, promovida por legisladores de oposición.
El proyecto, elaborado por el ministro Arístides Guerrero García, sostuvo que los fideicomisos “son únicamente instrumentos o mecanismos del Poder Ejecutivo Federal para auxiliarse en el ejercicio de sus atribuciones”, por lo que su desaparición no implica, por sí misma, una violación a derechos fundamentales.

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Las y los ministros rechazaron los argumentos de senadoras que impugnaron el decreto bajo el señalamiento de que afectaría derechos como el acceso a la cultura, la ciencia, el medio ambiente o la atención a víctimas.
La Corte respondió que dichas obligaciones permanecen vigentes y deberán ser cubiertas con recursos asignados directamente a las dependencias responsables.
“Esta materia, tanto en su vertiente de ingresos públicos como de distribución del gasto, tradicionalmente se ha reservado a los poderes electos democráticamente”, señala la sentencia, al subrayar que corresponde al Congreso definir cómo se administran los recursos públicos.
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MSL

