Estado tiene la obligación de actuar

Autoridades deben implementar y difundir servicios de aborto: SCJN

La propuesta fue presentada por el ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz; se sostuvo que estas omisiones constituyen barreras estructurales que vulneran derechos

Feministas marchan en el “Dia de Acción Global por el Acceso al Aborto Legal y Seguro”.
Feministas marchan en el “Dia de Acción Global por el Acceso al Aborto Legal y Seguro”. Foto: Cuartoscuro

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que las autoridades de salud no pueden permanecer omisas y están obligadas a garantizar el acceso a la interrupción voluntaria del embarazo, incluso mediante acciones concretas ordenadas a través del juicio de amparo.

El Pleno respaldó la propuesta del ministro Hugo Aguilar Ortiz al resolver la contradicción de criterios 125/2025, y concluyó que el amparo procede frente a omisiones de las instituciones de salud.

Durante la discusión se sostuvo que estas omisiones no son menores, sino que constituyen barreras estructurales que vulneran derechos. Por ello, el Estado tiene la obligación de actuar para garantizar servicios accesibles, seguros y sin discriminación.

La Corte avaló que las sentencias de amparo puedan incluir medidas que, aunque se dicten en un caso concreto, generen beneficios indirectos para otras personas en condiciones similares, especialmente cuando se trata de combatir fallas estructurales en el sistema de salud.

No obstante, el criterio establece una distinción: en entidades donde el aborto ya está despenalizado, los efectos del amparo pueden ser más amplios para corregir la omisión administrativa; mientras que en estados donde aún se penaliza, los efectos deberán limitarse a las personas quejosas, conforme a la Constitución.

El ministro presidente advirtió que negar estos efectos haría del amparo “un amparo de papel”, al señalar que no tendría sentido conceder la protección sin la obligación correlativa del Estado de prestar los servicios. “Si se hace una medida estructural, necesariamente otras mujeres se van a ver beneficiadas”, dijo.

De igual forma la SCJN invalidó normas de la Constitución Política de Tamaulipas y del Código Penal Local, las cuales criminalizaban la interrupción del embarazo, al considerar que “vulneran la autonomía reproductiva, la igualdad, la no discriminación y el derecho a la salud”

En el proyecto presentado también por el ministro presidente Hugo Aguilar, se ordenó a las autoridades que se implementen capacitaciones, programas de difusión y talleres dirigidos al personal de salud, esto con el fin de difundir la importancia de la no criminalización de la interrupción voluntaria del embarazo.

Sesión de la SCJN en imagen de archivo
Sesión de la SCJN en imagen de archivo ı Foto: Cuartoscuro

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LMCT

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