Los gobiernos de México y Reino Unido acordaron un marco de cooperación bilateral en clima, energía y naturaleza, con seis áreas prioritarias y una vigencia inicial de cinco años. Representantes de ambos países llegaron a este acuerdo a través de un Memorando de Entendimiento suscrito en Londres.
La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) y el Departamento de Seguridad Energética y Cero Emisiones Netas del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte firmaron el instrumento el lunes 22 de junio, en la sede de esa dependencia británica.
José Luis Samaniego Leyva, subsecretario de Desarrollo Sostenible y Economía Circular de la Semarnat, asistió en representación de Alicia Bárcena. Por parte del gobierno británico, participó la secretaria de Estado de Clima, Katie White.

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El acuerdo fija líneas de colaboración en ambición climática, energía e infraestructura sostenible, conservación y restauración de la naturaleza, finanzas sostenibles, agua y descarbonización industrial.
A través del memorando, ambos países prevén apoyar la implementación de la Contribución Determinada a Nivel Nacional actualizada de México, conocida como la tercera versión de sus compromisos climáticos ante la ONU (NDC 3.0), que establece metas y acciones para reducir emisiones de gases de efecto invernadero y adaptarse al cambio climático.
También contempla acciones en energía eólica marina, hidrógeno bajo en carbono, vehículos eléctricos, financiamiento verde, manejo eficiente del agua y restauración de ecosistemas marinos y costeros.
Para biodiversidad, el documento incluye respaldo a las Estrategias y Planes de Acción Nacionales alineados con el Marco Global Kunming-Montreal. En materia productiva, incorpora estrategias de descarbonización industrial con enfoque de economía circular y transición justa.
Como parte del esquema de trabajo, México y Reino Unido podrán desarrollar cooperación técnica, capacidades institucionales, investigación conjunta, intercambio de expertos, talleres y diálogos climáticos bianuales. Todas las actividades dependerán de los recursos disponibles y del marco legal aplicable en cada país.
Dicho instrumento no contempla transferencia de recursos financieros entre las partes. La vigencia será de cinco años, con posibilidad de prórroga por un periodo igual.
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MSL

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