Abelina destaca su alcance

SCJN aplica revés a ASE-Guerrero y da razón a exalcaldesa

Corte invalida actuaciones emprendidas por la Auditoría Superior del Estado de Guerrero y dejó a salvo las facultades de la ASF

DEBATE durante la sesión del pleno de la Suprema Corte de Justicia, ayer Foto: Especial

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que la Auditoría Superior del Estado de Guerrero (ASE) no tiene atribuciones para fiscalizar recursos federales ejercidos por el Ayuntamiento de Acapulco, por lo que dejó sin efectos la auditoría iniciada sobre el manejo de casi 900 millones de pesos correspondientes al ejercicio fiscal 2023.

El máximo tribunal precisó que esa revisión compete exclusivamente a la Auditoría Superior de la Federación (ASF) y pone fin a una disputa jurídica de más de un año, además de sentar un criterio que impacta a todos los municipios del estado.

Al resolver por unanimidad la Controversia Constitucional 174/2025, promovida por el municipio de Acapulco, el Pleno concluyó que los recursos provenientes del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FAISMUN) son de origen federal y, por tanto, su fiscalización está reservada constitucionalmente a la ASF.

“Es un tema de competencia”

Durante la discusión, el ministro Arístides Guerrero García, ponente del asunto, subrayó que el fallo se limita a definir cuál es la autoridad competente para revisar esos recursos y no constituye una valoración sobre su manejo.

Es un tema de competencia. No se exime ningún tipo de fiscalización de los recursos federales por parte del municipio actor, ni se pronuncia sobre el fondo de su manejo. Es la ASF la que cuenta con la competencia y mantiene a salvo las facultades para llevar a cabo cualquier tipo de fiscalización”, afirmó.

El ministro agregó que “las entidades de fiscalización local no pueden ejercer facultades de revisión sobre fondos de participaciones o aportaciones de origen federal, las cuales se encuentran reservadas constitucionalmente para la Auditoría Superior de la Federación”.

Resolución no exime irregularidades

La ministra Loretta Ortiz Ahlf respaldó el proyecto al considerar que la actuación de la autoridad estatal vulneró el marco constitucional. “Coincido en que los actos impugnados resultan inconstitucionales al implicar el ejercicio de facultades de fiscalización respecto de recursos federales cuya fiscalización corresponde a la ASF”, expresó.

Durante la sesión también se enfatizó que la resolución no representa una exoneración sobre el uso de los recursos. El ministro Irving Espinosa Betanzo sostuvo que “la invalidez de una auditoría iniciada por una autoridad incompetente no excluye la posibilidad de que se investiguen hechos potencialmente irregulares por las autoridades facultadas para ello”.

Añadió que su voto a favor del proyecto no implica descartar posibles responsabilidades. “Votaré a favor del presente proyecto sin que ello implique una declaración por sí misma de que no existe o pudiera existir responsabilidad alguna; es un compromiso personal ineludible el combate a la corrupción y el combate a la impunidad”, señaló.

El conflicto tiene su origen en el ejercicio fiscal 2023, cuando Acapulco enfrentó la devastación del huracán Otis, el más poderoso registrado en el Pacífico mexicano. En ese contexto, la ASF auditó mil 122 millones de pesos en recursos federales ejercidos por el ayuntamiento, de los que emitió una única solicitud de aclaración por 3.7 millones de pesos relacionada con documentación de obras públicas, observación que fue atendida y declarada solventada en octubre de 2025.

En paralelo, la ASE inició su propia revisión sobre 898.6 millones de pesos del Faismun y requirió documentación al ayuntamiento, mismo que rechazó entregarla con el argumento constitucional claro de que la fiscalización de esos recursos corresponde exclusivamente a la ASF, y no a las entidades locales.

DEBATE durante la sesión del pleno de la Suprema Corte de Justicia, ayer. La diferencia de criterios derivó en la controversia constitucional 174/2025, promovida por el ayuntamiento de Acapulco ante la SCJN.

La determinación no sólo desactiva uno de los principales frentes legales abiertos contra la administración de Abelina López Rodríguez. Establece también un criterio de alcance nacional sobre los límites de actuación de los órganos estatales de fiscalización cuando se trata de recursos federales transferidos a los municipios, un debate que trasciende el caso de Guerrero.

“Hoy la Corte deja un gran precedente. Éste no es un tema para Abelina; es para todos los municipios del Estado. Nuestra prioridad siempre ha sido trabajar para nuestro pueblo”, refirió la alcaldesa con licencia de Acapulco.

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cehr

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