Analizará restricción

SCJN revisará la prohibición para sacar de México obras de Frida Kahlo

Corte definirá si decreto presidencial de 1984 se ajusta a la Constitución, o si el Ejecutivo excedió sus facultades al impedir la exportación de las obras de Frida Kahlo

Frida Kahlo, destacada pintora mexicana. Foto: Especial

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revisará la constitucionalidad del decreto presidencial que, desde 1984, prohíbe la exportación definitiva de las obras de Frida Kahlo.

Con ello, el máximo tribunal analizará si esa restricción se apega a la Constitución o si va más allá de lo que permite la ley para las obras que son propiedad de particulares.

Por mayoría de ocho votos, el Pleno de la SCJN acordó atraer el asunto para resolverlo de fondo. La única ministra que votó en contra fue María Estela Ríos González.

El caso deriva del amparo promovido por Banco Ve por Más, luego de que en 2024 el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura (INBAL) le negara la autorización para sacar definitivamente del país el cuadro Autorretrato de Medallón, pintado por Frida Kahlo en 1948.

Corte podría fijar criterio sobre protección de obras

Al explicar por qué la Corte debía conocer del asunto, el ministro Giovanni Figueroa Mejía señaló que la nueva integración del tribunal tendrá la oportunidad de fijar un criterio sobre la protección de las obras de la pintora cuando pertenecen a particulares.

“Este asunto considero que tiene el potencial de permitir a esta nueva integración de la Suprema Corte pronunciarse sobre temas jurídicos de relevancia nacional en materia del derecho a la cultura frente al derecho de propiedad al definir si es posible que salgan de nuestro país de manera definitiva las obras de Frida Kahlo que están en propiedad de particulares”
Giovanni Figueroa Mejía, ministro de la SCJN

Banco Ve por Más impugnó el decreto emitido el 5 de julio de 1984, durante el gobierno de Miguel de la Madrid, mediante el cual toda la obra de Frida Kahlo fue declarada monumento artístico, incluyendo pinturas, obra gráfica, grabados y documentos técnicos, sin importar si pertenecen a la nación o a particulares.

La institución financiera sostiene que el artículo seis de ese decreto vulnera el derecho de propiedad y rebasa lo previsto en la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, ya que esa legislación sí contempla la posibilidad de autorizar la exportación temporal o definitiva de bienes artísticos de propiedad privada.

Ministros de la SCJN, en una fotografía ilustrativa. ı Foto: Especial

El ministro Arístides Guerrero García consideró que el caso tiene relevancia constitucional porque permitirá definir los alcances de las facultades del Ejecutivo frente a lo que establece la ley.

“Es importante y trascendente al plantear un problema constitucional directo sobre los límites de la facultad reglamentaria que pueda tener el Ejecutivo frente al principio de reserva de ley”
Arístides Guerrero García, ministro de la SCJN

El 14 de noviembre de 2025, una jueza federal negó el amparo al banco en lo relativo a la constitucionalidad del decreto, al considerar que el Ejecutivo sí tiene facultades para proteger el patrimonio cultural del país. Sin embargo, concedió la protección de la justicia por deficiencias de legalidad en la respuesta emitida por el INBAL.

Inconformes con esa resolución, tanto el instituto como Banco Ve por Más presentaron recursos de revisión. Posteriormente, el 30 de abril de 2026, un tribunal colegiado concluyó que el caso tenía interés y trascendencia excepcionales, por lo que solicitó a la Suprema Corte atraerlo.

Con la decisión tomada este miércoles, el máximo tribunal será el encargado de definir si el decreto de 1984 se ajusta a la Constitución o si el Ejecutivo excedió sus facultades al impedir de manera absoluta la exportación definitiva de las obras de Frida Kahlo que se encuentran en manos de particulares.

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cehr

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