AL EVALUAR la acción de inconstitucionalidad 124/2025, de la ponencia de la ministra Yasmín Esquivel, sobre una ley de Baja California Sur que exigía acreditar un “modo honesto de vivir” para dirigir la Dirección de Atención para las Personas Indígenas y Afromexicanas, adscrita a la Secretaría General de Gobierno del Estado, el ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Hugo Aguilar Ortiz, advirtió que en México existe una “decadencia del servicio público” por la falta de principios éticos y de una sujeción plena a las normas.
“Me cuesta admitir que la Corte renuncia a darle contenido a esta fórmula, máximo si en las condiciones actuales en las que vive el país hay una —digámoslo así—, una decadencia del servicio público”, afirmó al presidir la sesión del pleno.
- El Dato: la expresión “modo honesto de vivir” se registra en la Constitución de 1917. Al no tener una definición legal, dependía de lo que la autoridad o juez definiera como “ser honesto”.
El ministro presidente advirtió que, si no existen parámetros claros sobre la conducta que deben observar quienes ejercen funciones públicas, existe el riesgo de que cada funcionario actúe según su criterio: “No hay principios éticos que lo regulen, se sienten en libertad de hacer lo que es su idea o su voluntad, se les permite, no hay una sujeción plena a la norma”.

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Aguilar Ortiz aclaró que no pretendía generalizar sobre las personas servidoras públicas y reconoció que persisten esfuerzos para introducir principios éticos en el ejercicio de la función pública. No obstante, sostuvo que las conductas contrarias a la norma siguen presentes y defendió que se deben establecer parámetros objetivos.
La ministra ponente, Yasmín Esquivel, argumentó que la expresión es ambigua y carece de parámetros objetivos para determinar si una persona cumple con ella, lo que puede generar decisiones arbitrarias y discriminatorias: “El proyecto concluye que la expresión ‘modo honesto de vivir’ resulta en sí misma ambigua y carece de parámetros objetivos”.

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