Morena deberá deslindarse de su comercialización

INE aprueba contabilizar venta de 'Amlitos' y artículos que puedan ser propaganda

El INE determina que a partir de este jueves, las ventas de todos los artículos que se utilicen como propaganda y que puedan generar beneficios a los partidos deberán ser contabilizadas en el tope de gastos

l Instituto Nacional Electoral (INE) determinó que, en adelante, se contabilizará la venta y el uso de artículos utilitarios, como los denominados “Amlitos”, que se utilicen como propaganda y que puedan generar beneficios a los partidos.
l Instituto Nacional Electoral (INE) determinó que, en adelante, se contabilizará la venta y el uso de artículos utilitarios, como los denominados “Amlitos”, que se utilicen como propaganda y que puedan generar beneficios a los partidos.Foto: Cuartoscuro
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El Instituto Nacional Electoral (INE) determinó que, en adelante, se contabilizará la venta y el uso de artículos utilitarios, como los denominados “Amlitos”, que se utilicen como propaganda y que puedan generar beneficios a los partidos, como Morena, por lo que deberán deslindarse correctamente de su comercialización.

Durante la sesión del Consejo General se aprobó el acuerdo en el que se dio respuesta a la consulta que realizó Morena, en la que cuestionó si “la venta entre particulares de artículos utilitarios que puedan incluir emblemas, signos o rasgos identificables de Morena, sus representantes, candidatos o militantes, ¿genera un beneficio a favor de Morena, incluso sin que Morena, sus representantes o candidatos reciban fruto alguno de esa venta?”

Por unanimidad, los consejeros electorales avalaron la respuesta en la que cuando se detecté la venta de artículos utilitarios por terceros ajenos a los sujetos obligados se contabilice la propaganda utilitaria visible entre los asistentes en un evento; la Unidad Técnica de Fiscalización (UTF) verifique en el Sistema Integral de Fiscalización si los sujetos obligados registraron dicha propaganda utilitaria y, en su caso, sancionar y acumular al tope de gastos de campaña.

"Los partidos políticos, como garantes del orden jurídico, pueden deslindarse de responsabilidad respecto de conductas que se estimen infractoras de la ley, cuando las medidas o acciones que adopten cumplan con los requisitos determinados en el artículo 212 del Reglamento de Fiscalización", estableció.

Los consejeros Claudia Zavala, Norma de la Cruz, Carla Humprhey y Jaime de la Cruz plantearon que en la revisión de estos casos la autoridad electoral deberá valerse de todos los elementos a su disposición, tanto las visitas en los eventos, así como todos los informes, oficiosos, quejas, vistas de otras autoridades, etcétera.

Previo a la votación de los integrantes del Consejo General, la representación de Morena, en la que participan Eurípides Flores y Hamlet García Almaguer, anunció el retiro de la consulta, para que no se aprobara dicho acuerdo.

Sin embargo, los consejeros electorales apuntaron que a partir de esta respuesta se ofrecía certeza para casos futuros, además de que era parte de un proceso en el que incluso se tenía que acatar una sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), por lo que siguieron adelante con su aprobación.

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DAN