Es insuficiente y sólo beneficia a unos cuantos

Inviable, plan de pensión a trabajadores: Di Costanzo

Al subrayar que el fondo mencionado no está garantizado, pues se basa en la obtención de los fideicomisos del Poder Judicial

Inviable, plan de pensión a trabajadores: Di Costanzo.
Inviable, plan de pensión a trabajadores: Di Costanzo.Foto: Especial
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La propuesta del Presidente Andrés Manuel López Obrador de crear un “fondo semilla” de 64 mil millones de pesos para cubrir las pensiones al 100 por ciento de los trabajadores es insuficiente y sólo beneficia a unos cuantos, pues sólo beneficiará a quienes se jubilen bajo la Ley del IMSS de 1997, que son alrededor de ocho millones 250 mil.

Así lo aseguró el economista Mario Di Costanzo, al subrayar que el fondo mencionado no está garantizado, pues se basa en la obtención de los fideicomisos del Poder Judicial, la desaparición de Financiera Rural, la venta de los inmuebles de Fonatur en los estados, así como la expropiación de las cuentas de las Afores que no sean reclamadas, que son casi 18 millones y tienen fondos por 200 mil millones de pesos.

En entrevista con La Razón, el especialista dijo que “la conformación de este fondo es muy poco transparente y muy incierta, y obviamente los 64 mil millones no alcanzan para poder financiar a los muy pocos que pudieran cumplir con esos requisitos de los 65 años y las 750 semanas cotizadas (en el IMSS).

“Todos los que busquen una pensión no por vejez sino por cesantía, no van a tener este beneficio de la reforma. Entonces, es una reforma poco transparente, que engaña a los trabajadores y que va ser inviable financieramente”, expuso

Di Costanzo agregó que estos beneficios que anunció el Presidente se reducen a menos del 25 por ciento de los 33 millones de trabajadores que están actualmente en el sistema; “entonces es una propuesta muy limitada en ese sentido”.

Dijo que la gente no se debe hacer falsas ilusiones, pues para todas las personas pensionadas “no hay ningún beneficio” y refirió que el único provecho aparente sería para quienes se vayan a jubilar y estén en la Ley o en el esquema de 1997, es decir, en cuentas individuales de las Afores, que podrían ser sujetas a tener este tipo de retiro.