Sobre el amparo en revisión 134/2021

SCJN analiza este miércoles caso Tecoltemi y constitucionalidad de Ley Minera

El ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo reconoce que fue violado el derecho a la consulta y al consentimiento de la comunidad Tecoltemi

Comunidad de Tecoltemi.
Comunidad de Tecoltemi.Foto: Especial.
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Tras aplazar dos veces, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolverá este miércoles si la Ley Minera es inconstitucional, por contravenir la protección que la Constitución y el marco internacional de los derechos humanos otorga a los territorios de comunidades y pueblos indígenas de México.

La Primera Sala, presidida por la ministra Margarita Ríos Farjat, debe resolver sobre el amparo en revisión 134/2021 interpuesto en 2015 por la comunidad de Tecoltemi, del municipio de Ixtacamaxtitlán, Puebla representada por Fundar y el Consejo Tiyat Tlali.

De acuerdo con el proyecto de sentencia del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, se reconoce que fue violado el derecho a la consulta y al consentimiento de la comunidad Tecoltemi, por lo que las dos concesiones mineras impuestas por la Secretaría de Economía sobre su territorio, deben ser canceladas.

Sin embargo el proyecto también señala que la Ley Minera “ no se relaciona directamente con los intereses y derechos de los pueblos indígenas, pues su objeto es regular la actividad minera, y no aspectos de la vida social, económica o política de tales pueblos”.

Agrega que de acuerdo con el artículo 27 Constitucional, el Estado Mexicano tiene la potestad de entregar concesiones mineras.

La comunidad de Tecoltemi lleva más de siete años defendiendo su territorio y formas de vida de la imposición de una minera, por ello en el amparo busca impugnar los artículos seis, 15 y 19 de la Ley Minera, la cual es resultado de una de las reformas estructurales del gobierno de Enrique Peña Nieto.

lemm.