Tras denuncias de PAN y PRD

TEPJF determina que funcionarios federales y de CDMX violaron reglas de promoción de Revocación de Mandato

Magistrados electorales definieron que los denunciados sí incurrieron en la vulneración a los principios de imparcialidad y neutralidad por parte de las personas del servicio público

La consulta de Revocación de Mandato se realizó el pasado 10 de abril
La consulta de Revocación de Mandato se realizó el pasado 10 de abrilFoto: Archivo Cuartoscuro
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La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que diversos funcionarios federales y locales, como de la Ciudad de México (CDMX), incurrieron en violaciones a las reglas de promoción en el proceso de Revocación de Mandato.

En sesión pública, los magistrados electorales resolvieron diversos casos vinculados al ejercicio de la Revocación, entre los que se incluyó una denuncia que presentó el PRD en contra de varios secretarios de Estado y gobernadores.

Al respecto, los magistrados electorales definieron que los denunciados sí incurrieron en la vulneración a los principios de imparcialidad y neutralidad por parte de las personas del servicio público.

Y particularmente resolvió el uso indebido de recursos públicos con fines de promoción de la Revocación de Mandato atribuidos al secretario de Hacienda, Rogelio Ramírez de la O, al secretario de Relaciones Exteriores, Marcelo Ebrard, y al secretario de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, Román Meyer Falcón.

La Sala Regional Especializada también resolvió un recurso del PAN en contra de la jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum, por la publicación de siete mensajes en Twitter.

Se consideró que sí existió la difusión de propaganda gubernamental durante periodo prohibido, así como el uso indebido de recursos públicos y la vulneración a los principios de neutralidad e imparcialidad; sin embargo, en el caso de estas faltas se atribuyeron a la Coordinación de Apoyo, Estudios de Trabajo y Comunicación de la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo del Gobierno de la Ciudad de México.

En tanto, se declaró que la mandataria capitalina incurrió en la falta por la promoción personalizada en beneficio del Presidente Andrés Manuel López Obrador y la vulneración al principio de imparcialidad durante el periodo prohibido, por lo que se ordenó que se diera vista al órgano interno de control y al Congreso de la Ciudad de México.

Los magistrados también resolvieron dos recursos en contra del alcalde de Miguel Hidalgo, Mauricio Tabe, en los que determinaron que incurrió en la difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido.

KEFS