Buscan juzgarlo por 19 cargos

Tribunal rechaza pruebas de Caro Quintero contra extradición a EU

Caro Quintero ofreció 49 pruebas en su proceso de extradición; fue el segundo paquete de pruebas el que se rechazó por extemporáneo

Tribunal federal rechaza pruebas de Caro Quintero contra extradición a Estados Unidos.
Tribunal federal rechaza pruebas de Caro Quintero contra extradición a Estados Unidos.Foto: Especial
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El Séptimo Tribunal Colegiado Penal en la Ciudad de México canceló el trámite del amparo que tramitó Rafael Caro Quintero, para impedir el proceso de extradición a Estados Unidos que tiene abierto por cuatro acusaciones.

En octubre de 2022, Caro Quintero ofreció 49 pruebas en su proceso de extradición, entre ellas documentos judiciales, peritajes y traducciones. Es el segundo paquete de pruebas el que se rechazó por extemporáneo.

Por su parte el Departamento de Estado presentó a México la petición formal de extradición contra el capo para juzgarlo por 19 cargos en cuatro distintas cortes y no sólo por el caso Camarena, el único expediente por el que había solicitado su detención provisional.

El Tribunal canceló el trámite del amparo en el que el quejoso, ofreció dichas pruebas el pasado 6 de diciembre, sin embargo, el 28 de diciembre Rubén Darío Noguera Gregoire, entonces juez Sexto de Distrito en Procesos Penales Federales, rechazó admitirlas “por extemporáneas”.

Caro Quintero presentó el amparo contra un acuerdo judicial y al final el tribunal colegiado decidió cancelar su trámite, porque “el desechamiento de sus pruebas no es un acto de imposible reparación”.

El capo, argumentó en su amparo, que posibles violaciones a sus garantías “las podrá reclamar más adelante en otro amparo contra la Secretaría de Relaciones Exteriores, si concede su extradición a Estados Unidos”.

"En efecto, el acto referido solamente produce efectos formales o intraprocesales al momento de su emisión, los cuales no afectan de manera inmediata y directa derecho sustantivo alguno de la parte directamente agraviada", establece en el fallo el colegiado.

Agrega: "Al quedar establecido que constituye un procedimiento administrativo seguido en forma de juicio, por regla general, podrán invocarse al tiempo de combatir en amparo indirecto la resolución definitiva que pone fin a ese procedimiento, esto es, aquélla en que se resuelve conceder la extradición".