“Notaría abierta, juzgado cerrado”
Notario Joaquín Costa
El Notariado en México ha vivido diferentes etapas en su organización, a partir del México independiente, ha tenido leyes de índole federal donde se otorga independencia a los gobiernos de los estados para legislar en dicha materia y nombrar sus propios notarios, también las ha tenido de corte centralista, donde el notariado ha estado regido por leyes federales que regulan a todo el notariado del país de forma general.
Algunas de las disposiciones más importantes en el México independiente, han sido las siguientes: El 31 de agosto de 1831 se publicaron los requisitos para ejercer el oficio de escribano en el Distrito Federal, siendo las primeras disposiciones en esta materia.
Fue en el año de 1831 cuando se publican las reglas para ejercer el oficio de escribano, donde se establece que para su acceso se requieren estudios y prácticas suficientes, así como un examen general de conocimientos para obtener el oficio de escribano en el Distrito Federal, siendo la primera disposición que establece un examen para su acceso.
Con la Constitución de 1836, la cual fue de corte centralista, el Notariado adoptó las disposiciones de orden federal, siendo controlado por el Gobierno central y perdiendo los estados las facultades para el nombramiento de escribanos, consecuencia de ello el 23 de mayo de 1937 se publicó la Ley Para el Arreglo Profesional de la Administración de Justicia, en la cual se integra a los escribanos al aparato de Justicia Federal, por lo que se requería un examen para el acceso a la función notarial.
En el año de 1843 se pública el Manual del Litigante Ilustrado que contempla, entre otros, a los escribanos, estableciendo la modalidad de que el título puede transmitirse por compraventa o por herencia, con ello se pierde el carácter personalísimo del ejercicio de escribano y se devalúa la función notarial.
El 21 de diciembre de 1865, bajo el régimen de Maximiliano, se creó la primera Ley Orgánica del Notariado y del Oficio de Escribano, con la cual adquiere una regulación más completa y toma un carácter más riguroso para acceder a dicho cargo, la cual es de orden general, por lo que rigió en todo el país.
Bajo el régimen de la Constitución de 1917, el notariado regresa al orden local, por ello el 20 de enero de 1932 se pública la primera Ley del Notariado para el Distrito Federal, en la cual se organiza al notariado en forma estructurada, siendo respaldado por el Archivo General de Notarias, que fue creado en 1901.
El cambio mayor en materia de Notariado se produjo con la Ley del Notariado para el Distrito Federal de 1945, que integró en su forma de acceso el examen de oposición, siendo la primera Ley que lo contempla, dejando de ser un ejercicio que se pudiera heredar o que el Jefe de Gobierno en turno lo nombrara.
Mientras que en el entonces Distrito Federal se regulaba el acceso al notariado de forma rigurosa mediante un examen de aspirante y posteriormente un examen de oposición, en la mayoría de los estados de la República los gobernadores nombraban a su antojo a los notarios, que en muchas ocasiones carecían de la capacidad y preparación para su ejercicio.
Por todo lo anterior, el Presidente electo, Andrés Manuel López Obrador, cuando todavía era candidato a la Presidencia, en el marco de la celebración de la Jornada Notarial, realizada en el Puerto de Acapulco, en el mes de mayo pasado, firmó un decálogo que servirá como base para la elaboración de la Ley General del Notariado.
Continuará…

