La libertad siempre se ejerce sobre alguna propiedad, razón por la cual la propiedad privada es la condición de posibilidad del ejercicio de la libertad individual, de tal manera que, en la medida que se limita la primera, se limita también la segunda.
El derecho de propiedad privada es el derecho a la libertad individual para usar, disfrutar y disponer de lo que es de uno, como a uno más le convenga, con una condición: que al hacerlo no se violen derechos. Libertad individual y propiedad privada son las dos caras de la misma moneda.
El liberalismo es un principio de conducta: “Respetando los derechos de los demás, y asumiendo el riesgo y la responsabilidad (las dos erres inseparables de la libertad: Riesgo y Responsabilidad), haz lo que quieras”. Este haz lo que quieras quiere decir usa tus propiedades como creas más conveniente.
Si la propiedad privada es la condición de posibilidad del ejercicio de la libertad individual, entonces el liberalismo (defensa de la libertad), debe ser propietarismo (defensa de la propiedad), misma que una y otra vez se ve amenazada por el gobierno, cuyos tres poderes son obligar, prohibir y castigar, que siempre utiliza para limitar el ejercicio de la libertad individual y el uso de la propiedad privada, sin olvidar que la mayoría de los políticos y gobernantes creen tener el derecho de disponer de las propiedades de los demás como consideren más conveniente, comenzando por el cobro de impuestos (que, sin son más de uno, ya son muchos e implican doble tributación), y siguiendo por sus ocurrencias de gastos (la mayoría de las veces en cosas que nada tienen que ver con su legítima tarea: impartición de justicia).
Un ejemplo de lo anterior lo tenemos en la obligación, impuesta por el gobierno de la Ciudad de México, a los propietarios de inmuebles de uso habitacional, cuyo valor catastral sea mayor a los 4 millones 527 mil pesos, de tenerlo al tanto, por medio de la presentación de una declaración informativa, del estado que guardan sus inmuebles: si están ocupados (por el propietario o por un inquilino), o desocupados, obligación que claramente viola el derecho a la propiedad privada, que es el derecho a la libertad individual para usar, disfrutar y disponer de lo que es de uno, como a uno más le convenga, sin la obligación de informar de qué manera se usa, disfruta y dispone de esa propiedad, con la única condición de que, al hacerlo, no se violen derechos.
Seis preguntas: (i) ¿por qué la mentada obligación es solamente para inmuebles de uso habitacional?; (ii) ¿por qué es únicamente para inmuebles de uso habitacional cuyo valor catastral sea mayor a los 4.527 millones de pesos?; (iii) ¿para qué quiere el gobierno capitalino esa información?; (iv) los propietarios, ¿nos quedaremos cruzados de brazos ante el uso injusto que el gobierno hace de su poder para obligar (a presentar la declaración informativa), y castigar (multa de 4 a 10 mil pesos), a quien no cumpla la obligación; (v) con la reforma al Poder Judicial, que dará como resultado juzgadores incondicionales del Poder Ejecutivo, ¿será eficaz la presentación de amparos contra tal arbitrariedad, que claramente viola el derecho de propiedad privada?; (vi) ¿alguien tiene las respuestas?
Hoy el liberalismo debe ser propietarismo.
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