PESOS Y CONTRAPESOS

De las drogas (4/5)

*Esta columna expresa el punto de vista de su autor, no necesariamente de La Razón.
*Esta columna expresa el punto de vista de su autor, no necesariamente de La Razón. Foto: La Razón de México

El propósito de las leyes que prohíben las drogas es evitar el daño que ocasionan, propósito incuestionable. ¿Basta que se promulguen para que se dejen de producir y consumir? La respuesta, atendiendo a la praxeología y a la historia, es no.

En el anterior Pesos y Contrapesos vimos, de manera muy general, los hechos y pregunté por la eficacia de las leyes que prohibitivas, entendiendo por eficacia la capacidad de las mismas para generar en las personas la obligación ética de cumplirlas voluntariamente, eficacia que depende de que sean justas, de que reconozcan plenamente, definan puntualmente y garanticen jurídicamente los derechos de las personas, algo que las leyes que prohíben desde la producción hasta el consumo de drogas no hacen, porque violan el derecho al ejercicio de la libertad individual y al uso de la propiedad privada, derechos cuya práctica deben respetarse aunque se usen en perjuicio de uno mismo, lo cual es una conducta éticamente reprobable (vicio), pero no delictiva por su propia naturaleza (crimen).

La primera explicación lógica de por qué la prohibición de las drogas es ineficaz, tiene que ver con la primera ley del mercado: “Si el consumidor está dispuesto a pagar el precio al que el oferente está dispuesto a proveerlo, consideraciones éticas aparte, habrá oferta”, y como el drogadicto, por padecer un vicio, está dispuesto a pagar ese precio, que el narcotraficante fijará al nivel que el drogadicto pueda pagar, habrá oferta. En este asunto la primera ley del mercado puede más que las leyes prohibicionistas.

La segunda explicación lógica de por qué la prohibición de las drogas es ineficaz, tiene que ver con la ley de la necesidad marginal creciente: “Tratándose de sustancias nocivas y adictivas, el consumo de una unidad adicional ocasiona una necesidad mayor, por lo que cada unidad adicional satisface una necesidad mayor, razón por la cual el consumidor está dispuesto a pagar un precio mayor”, lo cual favorece al oferente quien, en muy buena medida, tiene asegurada la demanda a precios elevados que le permiten obtener ganancias extraordinarias, lo cual lo incentiva a seguir produciendo, ofreciendo y vendiendo, aunque legalmente esté prohibido, prohibición legal que resulta poco eficaz. En este asunto la ley de la necesidad marginal creciente puede más que las leyes prohibicionistas.

Si hay una necesidad creciente (y quien padece un vicio la tiene), si el necesitado está dispuesto a pagar el precio al que el oferente está dispuesto a proveerlo (y por tener una necesidad creciente está dispuesto a pagarlo), y si el oferente está dispuesto, como lo está, a cobrar el precio máximo que el necesitado puede pagar (en función no solo de su necesidad sino también de su poder adquisitivo), la prohibición de las drogas resulta ineficaz, con una ventaja para los oferentes.

¿Cuál es la ventaja? Si la producción, oferta y venta de drogas se prohíbe legalmente, producirlas, ofrecerlas y venderlas ocasiona un riesgo legal, que se compensa cobrando un precio mayor del que se cobraba antes de la prohibición, y si los costos permanecen constantes (de entrada la prohibición no tendría por qué ejercer un presión alcista sobre los mismos), las ganancias aumentan, haciendo más lucrativo el negocio.

No basta con la prohibición para acabar con las drogas.

Continuará.

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