En la Cámara de Diputados se aprobó en lo particular la Ley de Amparo, por 322 votos a favor y 128 en contra. Quienes votaron en contra aseguran que Morena pretende engañar con una redacción tramposa para que esta ley sea retroactiva.
La reforma impulsada por Morena incluye un transitorio que pretende que las nuevas reglas del amparo se apliquen también a los juicios que ya están en proceso, un tema que está prohibido en la Constitución. Esto afecta gravemente a las personas que han adquirido derechos por amparos ya promovidos y que tienen juicios en curso.
Especialistas en derecho constitucional aseguran que es inconstitucional y retroactiva en perjuicio del ciudadano, violando el artículo 14.

Ataque en Coahuayana
Por ejemplo, si tú iniciaste un juicio y tienes derecho a un amparo, lo que se quiere hacer con esta nueva ley que ha regresado al Senado de la República para aprobarse ya de manera definitiva, te va a perjudicar.
Cuando una persona presenta un amparo, lo hace bajo el marco legal existente en ese momento. Eso determina cómo se tramita su juicio, qué derechos tiene durante él y cuáles son los efectos de una resolución favorable.
Si cambian las reglas después, no deberían alterarte esas condiciones, porque tú actuaste de buena fe y conforme a la ley vigente.
Éste no ha sido un tema que tenga preocupada a la ciudadanía como debería de ser. Muchas veces se piensa que este tipo de leyes no nos afectan a los ciudadanos comunes, pero sí pueden ser muy perjudiciales.
Por ejemplo, y éste es un caso que se está litigando actualmente. Una mujer en la alcaldía Cuauhtémoc promovió un amparo porque el Gobierno de la Ciudad de México había iniciado un procedimiento de expropiación de su predio argumentando “utilidad pública” para una obra.
El juez de distrito le concedió una suspensión provisional, que impedía el desalojo hasta resolver el fondo del asunto.
Durante meses, esa suspensión le permitió mantener la posesión de su casa y seguir el juicio.
¿Qué puede suceder en este caso si se aplica la ley retroactiva, como se quiere hacer?
La suspensión podría revocarse con el argumento del “interés social y el orden público”, esto hace que esta señora tenga que entregar su propiedad y que se la paguen al precio que el Gobierno quiera. Esta mujer sería desalojada, aunque su caso aún no haya sido resuelto.
El juicio continúa hasta que se resuelva, pero ella se tiene que salir del hogar.
Otro tipo de casos que podrían afectar a las partes en un juicio con la nueva ley de amparo.
DENUNCIA PÚBLICA

Un padre promovió un amparo porque un juez familiar le negó la guarda y custodia de sus hijos, pese a acreditar solvencia y entorno seguro. El argumento fue que se violaban sus derechos de paternidad y al debido proceso.
El amparo permitió suspender provisionalmente los efectos de la sentencia familiar, manteniendo un régimen de convivencia amplio mientras se resolvía el fondo.
¿Qué sucedería en un caso así bajo la nueva ley que está por aprobarse?
Podría cambiar el criterio sobre qué actos son “de autoridad”, o restringir las suspensiones en materia familiar. Así, el padre perdería la convivencia antes del fallo final, afectando de hecho la relación con sus hijos. Eso es un perjuicio directo derivado de la retroactividad.
Otro caso. Supongamos que tus cuentas fueron congeladas por una controversia con el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Esto le sucedió a una empresaria y fue incluida en la lista del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación (presunta “empresa fantasma”). El SAT le bloqueó las cuentas y la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) le congeló sus fondos.
Promovió el amparo y obtuvo una suspensión provisional: el banco debía desbloquear parte de los recursos hasta que se resolviera si el acto era legal. Con este amparo, su empresa no quebró y pudo seguir operando hasta solucionar el tema. De otra forma, no hubiera siquiera podido pagar la nómina de su empresa esos meses que duró el litigio.
Si se aplicara la reforma retroactivamente, ¿qué podría suceder en un caso así?
La nueva ley prohíbe suspensiones cuando estén involucrados presuntos delitos de lavado o financiamiento al terrorismo, aunque no se haya probado que efectivamente la empresa o la persona esté vinculada en temas de lavado de dinero o criminales.
Entonces el juez no podría mantener la suspensión, aun si el bloqueo fuera arbitrario.
Las cuentas quedarían congeladas hasta el final del proceso, lo que equivale a quebrar a la empresa antes de que haya una sentencia definitiva.
La pregunta es: ¿Si esta Ley de Amparo realmente está dejando en el desamparo a muchos mexicanos, por qué se quiere hacer desde el Gobierno federal?
Lo que se ha dicho desde el poder es que “el amparo ha sido usado como herramienta para detener proyectos estratégicos o proteger intereses particulares de los poderosos”.
Y es que, durante la construcción de las megaobras, como el Tren Maya, Dos Bocas o el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles (AIFA), se utilizaron amparos para frenar algunos pasos de la construcción. Por ejemplo, se tramitaron varios amparos en los que no se tenían los permisos ambientales para las obras. Es decir, ya no se tendrá ese contrapeso.
Lo cierto es que constitucionalistas y exministros como José Ramón Cossío o la propia Olga Sánchez Cordero han explicado que el amparo es el último muro de defensa del ciudadano frente al Estado, y la realidad es que es una práctica que debilita la protección de los ciudadanos frente al poder político.

